Calculadora de patrimonio pequeño de Pensilvania
Escriba la fecha del fallecimiento y lo que la persona tenía. La página suma lo que el estado cuenta y lo compara con el límite de esa fecha. No decide nada.
Los límites que usa esta calculadora
Vienen de la ley del estado tal como la revisamos. La calculadora elige la fila que corresponde a la fecha del fallecimiento que usted escribe.
Liquidación de patrimonios pequeños mediante petición (Settlement of small estates on petition, 20 Pa.C.S. 3102)
| Fecha del fallecimiento | Límite |
|---|---|
A partir del 31 de agosto de 2013 | $50,000 |
Hasta el 30 de agosto de 2013 | $25,000 |
También en Pensilvania (no se prueban aquí)
Estos procedimientos tienen sus propias reglas, así que la calculadora no los prueba. Vea la página del estado.
- Pago de una cuenta de depósito a familiares (Payment of a deposit account to family, 20 Pa.C.S. 3101(b))
- Pago de sueldos, salario o beneficios de empleado a familiares (Payment of wages, salary or employee benefits to family, 20 Pa.C.S. 3101(a))
- Seguro de vida pagadero al patrimonio, pagado a familiares (Life insurance payable to the estate, paid to family, 20 Pa.C.S. 3101(d))
- Bienes no reclamados en poder del Tesorero del Estado (State Treasurer), pagados a familiares (Unclaimed property held by the State Treasurer, paid to family, 20 Pa.C.S. 3101(e))
Qué cuenta para el límite en Pensilvania
Para la petición de patrimonio pequeño: sume el valor bruto de los bienes de la persona fallecida. No incluya los bienes inmuebles ni nada que se pague directamente a familiares bajo la sección 3101 (cuentas bancarias hasta $20,000 por banco, sueldos hasta $10,000, seguros que se deban al patrimonio hasta $11,000). Incluya los bienes muebles reclamados como la exención familiar (family exemption) de $3,500.
Ley: 20 Pa.C.S. 3101, 3102
En este estado el total se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se deja fuera hasta $20,000 | Una cuenta bancaria solo a nombre de la persona fallecida no se cuenta si se paga a familiares bajo la sección 3101(b) (hasta $20,000 en cada banco). Las cantidades que no se paguen de esa manera sí se cuentan. Ley: 20 Pa.C.S. 3101(b), 3102 |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | El dinero que queda en una cuenta conjunta pertenece al dueño sobreviviente, y el dinero en una cuenta de fideicomiso (pagadera al fallecer) pertenece al beneficiario nombrado, no al patrimonio, por lo que no se cuenta. Ley: 20 Pa.C.S. 6304(a), (b) |
Autos y otros vehículos | Se cuenta | Los vehículos son bienes muebles y se cuentan; la familia también puede cambiar el título de propiedad de un vehículo con el formulario MV-39 de PennDOT. Ley: 20 Pa.C.S. 3102; PennDOT MV-39 |
Botes y casas móviles o prefabricadas | Se cuenta | Los botes y otros bienes muebles se cuentan. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Bienes inmuebles en Pensilvania | Se deja fuera | Los bienes inmuebles no se cuentan y esta petición no los distribuye. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Casa principal (residencia primaria) | Se deja fuera | La vivienda es un bien inmueble y no se cuenta. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Bienes inmuebles en otro estado | Se deja fuera | Los bienes inmuebles no se cuentan. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Sueldos que se le debían a la persona | Se deja fuera hasta $10,000 | Los sueldos, el salario o los beneficios de empleado que no se hayan pagado no se cuentan si el empleador los paga a familiares bajo la sección 3101(a) (hasta $10,000). Ley: 20 Pa.C.S. 3101(a), 3102 |
Pago militar que se le debía a la persona | No está claro | La ley no trata el pago militar por separado; pregunte al tribunal. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Seguro de vida o jubilación pagado a una persona designada | No está claro | La ley de patrimonios pequeños no trata los beneficios que se pagan a un beneficiario nombrado; pregunte al tribunal. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Seguro de vida o jubilación pagado al patrimonio | Se deja fuera hasta $11,000 | El seguro que se debe al patrimonio no se cuenta si la compañía lo paga a familiares bajo la sección 3101(d) (hasta $11,000 por compañía). Las demás cantidades sí se cuentan. Ley: 20 Pa.C.S. 3101(d), 3102 |
Bienes en un fideicomiso en vida | No está claro | La ley no trata los bienes en fideicomiso; pregunte al tribunal. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia | No está claro | La ley no trata los bienes que se poseen en forma conjunta con derecho de supervivencia; pregunte al tribunal. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Bienes que pasan al cónyuge sobreviviente | Se cuenta | Los bienes muebles que van al cónyuge se cuentan, incluyendo los bienes reclamados como exención familiar (family exemption). Ley: 20 Pa.C.S. 3102, 3121 |
Acciones, bonos y cuentas de corretaje | Se cuenta | Las acciones y los bonos a nombre de la persona fallecida se cuentan. Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Muebles, joyas y otras pertenencias | Se cuenta | Las pertenencias se cuentan, incluyendo los artículos reclamados como exención familiar (family exemption). Ley: 20 Pa.C.S. 3102 |
Fuente: Página oficial
Liquidación de patrimonios pequeños mediante petición (Settlement of small estates on petition, 20 Pa.C.S. 3102)
Una petición al Tribunal de Huérfanos (Orphans' Court) para pedir al juez que ordene distribuir los bienes muebles de la persona fallecida a las personas que tienen derecho a ellos, sin una administración completa del patrimonio.
- Límite
Hasta $50,000 (fallecimientos a partir del 31 de agosto de 2013) Se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
Fecha del fallecimiento Límite A partir del 31 de agosto de 2013$50,000Hasta el 30 de agosto de 2013$25,000Para un fallecimiento a partir del 31 de agosto de 2013, los bienes de la persona fallecida, sin contar los bienes inmuebles ni las cantidades pagadas directamente a familiares bajo la sección 3101, no pueden tener un valor bruto de más de $50,000 (era $25,000 para fallecimientos anteriores). Ser dueño de bienes inmuebles de cualquier valor no impide que el tribunal distribuya los bienes muebles de esta manera.
- Qué se cuenta
El valor bruto de los bienes de la persona fallecida, sin contar los bienes inmuebles ni los bienes pagados bajo 20 Pa.C.S. 3101, pero incluyendo los bienes muebles reclamados como exención familiar (family exemption).
- Período de espera
La ley no fija un período de espera. El tribunal decide qué aviso debe darse.
- Quién puede usarlo
Cualquier parte interesada (party in interest) puede presentar la petición (por ejemplo, un heredero, un beneficiario del testamento o un acreedor, como el director de la funeraria). La persona fallecida debe haber tenido su domicilio en Pennsylvania.
- Tribunal o dónde presentar
La División del Tribunal de Huérfanos (Orphans' Court Division) del Tribunal de Causas Comunes (Court of Common Pleas) del condado donde la persona tenía su domicilio al fallecer.
- Papeles que se adjuntan
- Petición que enumere los bienes y su valor
- Aviso a las partes interesadas según lo ordene el tribunal
- Avalúo solo si el tribunal lo exige
- Pasos
- Revise las reglas y los formularios locales del Tribunal de Huérfanos para una petición de patrimonio pequeño en el condado donde vivía la persona fallecida.
- Presente la petición ante el Secretario del Tribunal de Huérfanos (Clerk of the Orphans' Court).
- Dé el aviso que ordene el tribunal.
- Si el tribunal la concede, el decreto de distribución permite que los bancos, los agentes de transferencia y otras personas transfieran los bienes a las personas nombradas.
- Costo
Los cargos de presentación los fija cada condado; pregunte al Secretario del Tribunal de Huérfanos (Clerk of the Orphans' Court) o al Registro de Testamentos (Register of Wills).
- Deudas y responsabilidad
Dentro de un año después del decreto, cualquier parte interesada puede pedir al tribunal que lo revoque por una distribución indebida, y el tribunal puede ordenar que se devuelvan los bienes.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
El decreto de distribución (decree of distribution) es autoridad suficiente para que los agentes de transferencia, los registradores y otras personas reconozcan a las personas nombradas como las que tienen derecho a los bienes, con el mismo efecto que un decreto después de una rendición de cuentas completa.
Ley: 20 Pa.C.S. 3102 (amended by Act 35 of 2013, for deaths on or after its effective date)
Fuente: Página oficial
Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Pensilvania
Un banco o una cooperativa de crédito debe pagar hasta $20,000 (el total en esa institución) al cónyuge, a un hijo, a uno de los padres o a un hermano, en ese orden de preferencia, cuando se le muestra una factura de funeral pagada o una declaración jurada del director de la funeraria (para pagos a partir del 23 de enero de 2026; antes, $10,000). El dinero que queda en una cuenta conjunta pertenece al dueño sobreviviente, y el dinero en una cuenta de fideicomiso o pagadera al fallecer pertenece al beneficiario nombrado (20 Pa.C.S. 6304).
Ley: 20 Pa.C.S. 3101(b); 20 Pa.C.S. 6304
Fuente: Página oficial
Cónyuge sobreviviente en Pensilvania
El cónyuge (o, si no hay, los hijos que vivan en el mismo hogar o, si no hay, los padres que vivan en el mismo hogar) puede reclamar una exención familiar (family exemption) de $3,500 en bienes inmuebles o muebles. El cónyuge tiene la primera preferencia para los pagos directos de sueldos (hasta $10,000), depósitos bancarios (hasta $20,000 por institución) y seguro de vida del patrimonio (hasta $11,000). Un cónyuge puede transferir el vehículo de la persona fallecida con el formulario MV-39 de PennDOT, sin cargo por el título en una transferencia al cónyuge.
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Ayuda gratuita en Pensilvania
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- Sistema Judicial Unificado de Pennsylvania (Unified Judicial System of Pennsylvania): formularios del Tribunal de Huérfanos (Orphans' Court)
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372