Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Maryland
El dinero en una cuenta conjunta con un dueño sobreviviente, o en una cuenta pagadera al fallecer o de transferencia al fallecer, va a esa persona según los términos de la cuenta y no necesita un patrimonio.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Maryland
El dinero en una cuenta conjunta con un dueño sobreviviente, o en una cuenta pagadera al fallecer o de transferencia al fallecer, va a esa persona según los términos de la cuenta y no necesita un patrimonio. Para una cuenta a nombre de la persona fallecida sola, Maryland no tiene una declaración jurada que usted pueda entregar al banco: un representante personal nombrado por el Register of Wills (en un patrimonio pequeño o regular) la cobra con las cartas de administración. Una orden limitada del Register of Wills puede permitir que un familiar busque bienes a nombre de la persona fallecida sola o un testamento en una caja de seguridad.
Ley: Md. Code, Fin. Inst. sec. 1-204; Est. & Trusts secs. 1-101(s), 5-601 to 5-607
Fuente: Página oficial
¿Las cuentas bancarias cuentan para el límite de patrimonio pequeño?
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se cuenta | Las cuentas bancarias a nombre de la persona fallecida sola sin beneficiario pagadero al fallecer sí cuentan. Ley: Est. & Trusts 1-101(s), 5-601 |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | Las cuentas conjuntas con un dueño sobreviviente y las cuentas pagaderas al fallecer pasan a esa persona según los términos de la cuenta, así que no se cuentan. Ley: Est. & Trusts 1-101(s); Fin. Inst. 1-204 |
Seguro de la FDIC después de un fallecimiento
Después de que muere el dueño de un depósito, el seguro de la FDIC sobre la cuenta se mantiene igual durante seis meses, a menos que la cuenta se reestructure. Después de seis meses, la cobertura se basa en quién es realmente el dueño del dinero.
Ley: 12 CFR 330.3(j)
Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en Maryland
- Cuenta bancaria (POD)
Sí
Ley: Md. Code, Fin. Inst. sec. 1-204
Fuente: Página oficial
Actas de defunción en Maryland
El Register of Wills no expide actas de defunción. Pida copias certificadas a la Administración de Estadísticas Vitales. La línea registrada para preguntas sobre cargos es (410) 764-3038. Muchas agencias aceptan una copia; pregunte si una copia es suficiente antes de comprar más copias certificadas.
Ley: Register of Wills FAQ 1.13
- Dónde obtenerla
- Departamento de Salud de Maryland (Maryland Department of Health), Administración de Estadísticas Vitales (Vital Statistics Administration)
- Página oficial
- Página oficial
Cónyuge sobreviviente en Maryland
Si el cónyuge sobreviviente es el único heredero o beneficiario, el límite del patrimonio pequeño es de $100,000 en lugar de $50,000, y el Register of Wills no cobra cargos. Si la persona fallecida dejó solo uno o dos vehículos (o un bote que vale $5,000 o menos) y nada más, el cónyuge que es el único heredero puede transferirlos sin ningún patrimonio. En un patrimonio, un cónyuge sobreviviente o pareja doméstica registrada tiene derecho a una asignación familiar de $10,000, y cada hijo soltero menor de 18 años a $5,000.
Bueno saber en Maryland
- Los bienes distribuidos de un patrimonio que califica como patrimonio pequeño están exentos del impuesto sobre herencias de Maryland.
- El Register of Wills debe ayudar a las personas a preparar los formularios administrativos de probate, aunque no da asesoría legal sobre escrituras ni títulos de vehículos (Est. & Trusts sec. 2-212; preguntas frecuentes del Register of Wills).
- Si bienes que se encuentran después elevan el total por encima de $50,000 (o $100,000 cuando todo va al cónyuge), el patrimonio pequeño debe continuar como un patrimonio regular.
Cambios de 2024 a 2026
2026 Md. Laws ch. 750, en vigor el 1 de octubre de 2026: la Maryland Transfer-on-Death Deed Act (Real Prop. secs. 14-1001 a 14-1014) permite a los dueños transferir bienes inmuebles al morir por medio de una escritura TOD inscrita; se aplica a los dueños que mueren el 1 de octubre de 2026 o después, y exime a las escrituras TOD de una residencia principal o secundaria de los impuestos de inscripción y de transferencia. El Small Estate Packet del Register of Wills y la petición RW1103 se revisaron el 1 de octubre de 2026. Los límites del patrimonio pequeño ($50,000; $100,000 para un cónyuge que es el único heredero) no cambiaron.
Ley: SB 651, aprobada el 26 de mayo de 2026
Cartas a un banco
Use las herramientas gratuitas de abajo para pedir al banco el saldo a la fecha del fallecimiento o para presentar una declaración jurada firmada.
Páginas relacionadas
Ayuda gratuita en Maryland
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- Centros de Ayuda de los Tribunales de Maryland (Maryland Court Help Centers) (ayuda legal gratuita por teléfono, chat y en persona) · 410-260-1392
- Biblioteca Estatal de Leyes Thurgood Marshall de Maryland (Maryland Thurgood Marshall State Law Library)
- Maryland Legal Aid (asistencia legal gratuita de Maryland)
- Maryland Volunteer Lawyers Service (servicio de abogados voluntarios de Maryland)
- Colegio de Abogados del Estado de Maryland (Maryland State Bar Association): Para el público (información de referencia de abogados)
- Register of Wills de Maryland: Qué hacer si necesita abrir un patrimonio
- Register of Wills de Maryland: Formularios
- Register of Wills de Maryland: Cargos de probate y otros cargos
- Register of Wills de Maryland: Preguntas frecuentes
- MVA de Maryland: Cómo manejar el vehículo y la identificación de un ser querido después de su muerte
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372