Cómo transferir el título de un auto después de un fallecimiento en Maryland
Si el vehículo era propiedad solo de la persona que murió, la MVA acepta solamente las cartas de administración originales (con el sello en relieve del Register of Wills), que proporciona un caso de patrimonio pequeño.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
Título de un auto o vehículo después de un fallecimiento en Maryland
Si el vehículo era propiedad solo de la persona que murió, la MVA acepta solamente las cartas de administración originales (con el sello en relieve del Register of Wills), que proporciona un caso de patrimonio pequeño. El heredero, beneficiario o representante personal completa la cesión de propiedad en el título y lleva las cartas a una cita para el título. Si el cónyuge sobreviviente es el único heredero y la persona fallecida dejó solo uno o dos vehículos y ningún otro bien, el cónyuge puede usar el formulario VR-481 sin patrimonio. Un copropietario sobreviviente cambia el título del vehículo con el título, una copia certificada del acta de defunción (o la carta de la MVA) y la tarjeta de registro.
Ley: Md. Code, Est. & Trusts sec. 5-608; Md. Code, Transp. sec. 13-115
- Agencia
- Administración de Vehículos Motorizados (Motor Vehicle Administration, MVA) del Departamento de Transporte de Maryland (Maryland Department of Transportation)
- Costo
No se debe impuesto de consumo cuando el vehículo pasa a un cónyuge sobreviviente, copropietario, heredero o beneficiario. Los cargos de título están en la página de cargos de la MVA; el cargo de título se exime para un vehículo con título a nombre de ambos cónyuges que pasa al cónyuge sobreviviente.
- Título con transferencia al fallecer
Un dueño único puede nombrar a un beneficiario de transferencia al fallecer para un vehículo de Maryland. Después de que muere el dueño, el beneficiario solicita un título nuevo con el título original, un acta de defunción, prueba de identidad y cualquier impuesto o cargo.
Fuente: Página oficial
¿Los vehículos cuentan para el límite de patrimonio pequeño?
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Autos y otros vehículos | Se cuenta | Un vehículo a nombre de la persona fallecida sola cuenta por su valor menos cualquier préstamo registrado. Si la persona fallecida dejó solo uno o dos vehículos y el cónyuge es el único heredero, el cónyuge puede transferirlos sin abrir un patrimonio. Ley: Est. & Trusts 5-601(d), 5-608(a) |
Botes y casas móviles o prefabricadas | Se cuenta | Un bote u otro bien con título a nombre de la persona fallecida sola cuenta por su valor menos cualquier préstamo registrado. Un bote que vale $5,000 o menos y es el único bien puede pasar sin patrimonio a un cónyuge que es el único heredero. Ley: Est. & Trusts 5-601(d), 5-608(b) |
Páginas relacionadas
Ayuda gratuita en Maryland
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- Centros de Ayuda de los Tribunales de Maryland (Maryland Court Help Centers) (ayuda legal gratuita por teléfono, chat y en persona) · 410-260-1392
- Biblioteca Estatal de Leyes Thurgood Marshall de Maryland (Maryland Thurgood Marshall State Law Library)
- Maryland Legal Aid (asistencia legal gratuita de Maryland)
- Maryland Volunteer Lawyers Service (servicio de abogados voluntarios de Maryland)
- Colegio de Abogados del Estado de Maryland (Maryland State Bar Association): Para el público (información de referencia de abogados)
- Register of Wills de Maryland: Qué hacer si necesita abrir un patrimonio
- Register of Wills de Maryland: Formularios
- Register of Wills de Maryland: Cargos de probate y otros cargos
- Register of Wills de Maryland: Preguntas frecuentes
- MVA de Maryland: Cómo manejar el vehículo y la identificación de un ser querido después de su muerte
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372