Carta a un banco u otra entidad en Colorado

Una carta que presenta la declaración jurada de patrimonio pequeño que usted ya firmó. Dice qué adjunta y pide a la entidad que entregue los bienes.

Obligatoria si envía la carta por correo.

Va solo en la carta. Nunca se guarda ni se nos envía.

Papeles que adjunta

Marque lo que va a incluir. Solo lo marcado aparece en la carta.

Va en la carta tal como lo escribe. Puede agregar una frase en inglés ya preparada:

Otros formatos

La carta en inglés (la que usted envía)

Qué dice la carta (en español). Es solo para que usted la entienda; no la envíe.

No envíe documentos originales a menos que la entidad se los pida; guarde copias. Firme la carta y guarde una copia.

Formularios oficiales (con enlace, no se reproducen aquí)

Este sitio no redacta la declaración jurada. Use el formulario oficial o el formulario de la propia entidad:

Antes de enviarla

Algunos bancos tienen su propio formulario o piden un notario. Llame primero al departamento de sucesiones del banco y pregunte qué necesita. Guarde una copia de todo lo que envíe.

Collection of Personal Property by Affidavit (cobro de bienes muebles mediante declaración jurada; JDF 999)

Una declaración jurada que usted entrega al banco, a la empresa o a la persona que tiene los bienes, para que se los paguen o entreguen a usted. No se presenta ante el tribunal.

Límite

Hasta $88,000 (fallecimientos del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026) Se cuenta después de restar los gravámenes (lo que se debe sobre los bienes).

Fecha del fallecimientoLímite
Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026
$88,000
Del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025
$86,000
Del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024
$82,000
Del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023
$80,000
Del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022
$74,000
Del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021
$70,000

El límite depende del año del fallecimiento: $88,000 para 2026, $86,000 para 2025, $82,000 para 2024, $80,000 para 2023, $74,000 para 2022 y $70,000 para 2020 y 2021. El límite es el doble del monto de los bienes exentos, que se ajusta según el costo de vida.

Qué se cuenta

El valor justo de mercado de todo lo que la persona fallecida era dueña y que pasa por testamento o por la ley estatal de herencias, esté donde esté (incluidos los bienes inmuebles), menos los gravámenes. Los bienes que pasan de otra manera, como los bienes en copropiedad, pagaderos al fallecer o con beneficiario designado, no se cuentan.

Período de espera

Deben haber pasado al menos 10 días desde el fallecimiento.

Quién puede usarlo

Cualquier sucesor (successor; una persona, que no sea acreedor, que hereda según el testamento o la ley estatal), o una persona que actúa por uno o más sucesores. La persona que firma debe tener 18 años o más. Una persona que cobra para otros sucesores tiene los deberes legales de un agente hacia ellos.

Tribunal o dónde presentar

No se presenta ante ningún tribunal. Usted la entrega a la persona o empresa que tiene los bienes.

Notario

Firme la declaración jurada ante un notario. Cada persona que tiene los bienes se queda con una copia, así que quizá le convenga tener varias copias notarizadas.

Papeles que se adjuntan
  • Copia del acta de defunción (algunos que tienen los bienes piden una copia certificada)
  • Una copia de las instrucciones del tribunal (JDF 998), si quiere mostrar a quien tiene los bienes la autoridad legal
Pasos
  1. Espere hasta que hayan pasado al menos 10 días desde el fallecimiento.
  2. Verifique que nadie haya solicitado ser representante personal en ningún estado.
  3. Llene el JDF 999 y anote a cada sucesor y a qué tiene derecho cada uno.
  4. Fírmelo ante un notario.
  5. Entregue la declaración jurada y un acta de defunción al banco o a quien tenga los bienes.
  6. Entregue a cada sucesor su parte de lo que cobre.
Costo

No hay cargo de presentación, porque la declaración jurada no se presenta ante el tribunal (JDF 998).

Deudas y responsabilidad

Cualquier persona que reciba bienes mediante la declaración jurada debe rendir cuentas de ellos a un representante personal que se nombre después o a cualquier persona con un mejor derecho sobre el patrimonio.

Lo que debe hacer el banco o la entidad

Con la declaración jurada, quien tiene los bienes debe pagarlos o entregarlos; un agente de transferencias debe volver a registrar los valores; un funcionario público debe cambiar el título registrado. Quien tiene los bienes queda libre de responsabilidad como si hubiera tratado con un representante personal y no tiene que verificar si la declaración jurada es verdadera. Si se niega, las personas con derecho pueden acudir al tribunal; si prueban su derecho y la negativa fue sin causa razonable, quien tiene los bienes paga todos sus costos, incluidos los honorarios razonables de abogado.

Ley: C.R.S. 15-12-1201, 15-12-1202, 15-11-403, 15-10-112

Fuente: Página oficial

Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Colorado

Cuando muere uno de los dueños de una cuenta conjunta, el dinero pertenece al dueño sobreviviente. En una cuenta pagadera al fallecer, el dinero pertenece al beneficiario designado después de que muere el dueño. Una cuenta solo a nombre de la persona fallecida forma parte del patrimonio: después de 10 días, un sucesor puede cobrarla, incluido el contenido de una caja de seguridad, con la declaración jurada de patrimonio pequeño si el patrimonio está por debajo del límite.

Ley: C.R.S. 15-15-212, 15-12-1201(1), (3.7)

Fuente: Página oficial

Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en Colorado

Cuenta bancaria (POD)

Sí

Ley: C.R.S. 15-15-212

Fuente: Página oficial

Actas de defunción en Colorado

La solicitud debe incluir una fotocopia de su identificación. Las copias adicionales del mismo registro pedidas al mismo tiempo cuestan $13 cada una.

Dónde obtenerla
Colorado Department of Public Health and Environment (CDPHE, Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado), Vital Records Section (Sección de Registros Vitales)
Página oficial
Página oficial

Cónyuge sobreviviente en Colorado

Colorado no tiene un procedimiento separado de patrimonio pequeño para el cónyuge. En un caso de probate, el cónyuge sobreviviente (o, si no hay, los hijos dependientes) tiene derecho a bienes exentos (una base de $30,000, ajustada según el costo de vida) y a una asignación familiar. Los bienes que el cónyuge recibe como copropietario o beneficiario designado pasan fuera del patrimonio.

Ley: C.R.S. 15-11-403, 15-11-404

Quién hereda si no hay testamento en Colorado

Si no hay testamento, el cónyuge sobreviviente recibe todo si la persona no dejó hijos ni padres, o si todos los hijos de la persona también son hijos del cónyuge y el cónyuge no tiene otros hijos. En otros casos el cónyuge recibe una cantidad fija en dólares (ajustada según el costo de vida) más una parte del resto. Lo que no vaya al cónyuge va a los hijos (o sus descendientes), luego a los padres, luego a los hermanos y sus descendientes, luego a las familias de los abuelos. Un beneficiario designado en un designated beneficiary agreement (acuerdo de beneficiario designado) también puede heredar.

Ley: C.R.S. 15-11-101 to 15-11-103, 15-11-102.5

Fuente: Página oficial

Bueno saber en Colorado

  • El límite de Colorado cuenta los bienes inmuebles y los bienes en cualquier lugar que pasan por testamento o herencia, aunque la declaración jurada no pueda transferir bienes inmuebles (C.R.S. 15-12-1201(1)(a); JDF 999).
  • El período de espera es de solo 10 días después del fallecimiento.
  • Quien tiene los bienes y se niega a aceptar una declaración jurada correcta sin causa razonable puede tener que pagar los costos y honorarios de abogado de los sucesores.

Cambios de 2024 a 2026

El límite se ajusta cada año según el costo de vida: $82,000 para fallecimientos en 2024, $86,000 para fallecimientos en 2025 y $88,000 para fallecimientos en 2026 (JDF 999 R: 28 de abril de 2026; DMV DR 2712 (04/30/26)).

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Ayuda gratuita en Colorado

Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.