Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Colorado
Cuando muere uno de los dueños de una cuenta conjunta, el dinero pertenece al dueño sobreviviente. En una cuenta pagadera al fallecer, el dinero pertenece al beneficiario designado después de que muere el dueño.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Colorado
Cuando muere uno de los dueños de una cuenta conjunta, el dinero pertenece al dueño sobreviviente. En una cuenta pagadera al fallecer, el dinero pertenece al beneficiario designado después de que muere el dueño. Una cuenta solo a nombre de la persona fallecida forma parte del patrimonio: después de 10 días, un sucesor puede cobrarla, incluido el contenido de una caja de seguridad, con la declaración jurada de patrimonio pequeño si el patrimonio está por debajo del límite.
Ley: C.R.S. 15-15-212, 15-12-1201(1), (3.7)
Fuente: Página oficial
¿Las cuentas bancarias cuentan para el límite de patrimonio pequeño?
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se cuenta | Las cuentas bancarias solo a nombre de la persona, sin beneficiario pagadero al fallecer, cuentan. Ley: C.R.S. 15-12-1201(1) |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | Las cuentas conjuntas con un dueño sobreviviente y las cuentas pagaderas al fallecer pertenecen al sobreviviente o al beneficiario y no pasan por testamento, así que no se cuentan. Ley: C.R.S. 15-12-1201(1)(a), 15-15-212 |
Lo que debe hacer el banco o la entidad
Con la declaración jurada, quien tiene los bienes debe pagarlos o entregarlos; un agente de transferencias debe volver a registrar los valores; un funcionario público debe cambiar el título registrado. Quien tiene los bienes queda libre de responsabilidad como si hubiera tratado con un representante personal y no tiene que verificar si la declaración jurada es verdadera. Si se niega, las personas con derecho pueden acudir al tribunal; si prueban su derecho y la negativa fue sin causa razonable, quien tiene los bienes paga todos sus costos, incluidos los honorarios razonables de abogado.
Ley: C.R.S. 15-12-1201(2)-(3), 15-12-1202
Seguro de la FDIC después de un fallecimiento
Después de que muere el dueño de un depósito, el seguro de la FDIC sobre la cuenta se mantiene igual durante seis meses, a menos que la cuenta se reestructure. Después de seis meses, la cobertura se basa en quién es realmente el dueño del dinero.
Ley: 12 CFR 330.3(j)
Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en Colorado
- Cuenta bancaria (POD)
Sí
Ley: C.R.S. 15-15-212
Fuente: Página oficial
Actas de defunción en Colorado
La solicitud debe incluir una fotocopia de su identificación. Las copias adicionales del mismo registro pedidas al mismo tiempo cuestan $13 cada una.
- Dónde obtenerla
- Colorado Department of Public Health and Environment (CDPHE, Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado), Vital Records Section (Sección de Registros Vitales)
- Página oficial
- Página oficial
Cónyuge sobreviviente en Colorado
Colorado no tiene un procedimiento separado de patrimonio pequeño para el cónyuge. En un caso de probate, el cónyuge sobreviviente (o, si no hay, los hijos dependientes) tiene derecho a bienes exentos (una base de $30,000, ajustada según el costo de vida) y a una asignación familiar. Los bienes que el cónyuge recibe como copropietario o beneficiario designado pasan fuera del patrimonio.
Ley: C.R.S. 15-11-403, 15-11-404
Collection of Personal Property by Affidavit (cobro de bienes muebles mediante declaración jurada; JDF 999)
Una declaración jurada que usted entrega al banco, a la empresa o a la persona que tiene los bienes, para que se los paguen o entreguen a usted. No se presenta ante el tribunal.
- Límite
Hasta $88,000 (fallecimientos del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026) Se cuenta después de restar los gravámenes (lo que se debe sobre los bienes).
Fecha del fallecimiento Límite Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026$88,000Del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025$86,000Del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024$82,000Del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023$80,000Del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022$74,000Del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021$70,000El límite depende del año del fallecimiento: $88,000 para 2026, $86,000 para 2025, $82,000 para 2024, $80,000 para 2023, $74,000 para 2022 y $70,000 para 2020 y 2021. El límite es el doble del monto de los bienes exentos, que se ajusta según el costo de vida.
- Qué se cuenta
El valor justo de mercado de todo lo que la persona fallecida era dueña y que pasa por testamento o por la ley estatal de herencias, esté donde esté (incluidos los bienes inmuebles), menos los gravámenes. Los bienes que pasan de otra manera, como los bienes en copropiedad, pagaderos al fallecer o con beneficiario designado, no se cuentan.
- Período de espera
Deben haber pasado al menos 10 días desde el fallecimiento.
- Quién puede usarlo
Cualquier sucesor (successor; una persona, que no sea acreedor, que hereda según el testamento o la ley estatal), o una persona que actúa por uno o más sucesores. La persona que firma debe tener 18 años o más. Una persona que cobra para otros sucesores tiene los deberes legales de un agente hacia ellos.
- Tribunal o dónde presentar
No se presenta ante ningún tribunal. Usted la entrega a la persona o empresa que tiene los bienes.
- Notario
Firme la declaración jurada ante un notario. Cada persona que tiene los bienes se queda con una copia, así que quizá le convenga tener varias copias notarizadas.
- Papeles que se adjuntan
- Copia del acta de defunción (algunos que tienen los bienes piden una copia certificada)
- Una copia de las instrucciones del tribunal (JDF 998), si quiere mostrar a quien tiene los bienes la autoridad legal
- Pasos
- Espere hasta que hayan pasado al menos 10 días desde el fallecimiento.
- Verifique que nadie haya solicitado ser representante personal en ningún estado.
- Llene el JDF 999 y anote a cada sucesor y a qué tiene derecho cada uno.
- Fírmelo ante un notario.
- Entregue la declaración jurada y un acta de defunción al banco o a quien tenga los bienes.
- Entregue a cada sucesor su parte de lo que cobre.
- Costo
No hay cargo de presentación, porque la declaración jurada no se presenta ante el tribunal (JDF 998).
- Deudas y responsabilidad
Cualquier persona que reciba bienes mediante la declaración jurada debe rendir cuentas de ellos a un representante personal que se nombre después o a cualquier persona con un mejor derecho sobre el patrimonio.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Con la declaración jurada, quien tiene los bienes debe pagarlos o entregarlos; un agente de transferencias debe volver a registrar los valores; un funcionario público debe cambiar el título registrado. Quien tiene los bienes queda libre de responsabilidad como si hubiera tratado con un representante personal y no tiene que verificar si la declaración jurada es verdadera. Si se niega, las personas con derecho pueden acudir al tribunal; si prueban su derecho y la negativa fue sin causa razonable, quien tiene los bienes paga todos sus costos, incluidos los honorarios razonables de abogado.
Ley: C.R.S. 15-12-1201, 15-12-1202, 15-11-403, 15-10-112
Fuente: Página oficial
Bueno saber en Colorado
- El límite de Colorado cuenta los bienes inmuebles y los bienes en cualquier lugar que pasan por testamento o herencia, aunque la declaración jurada no pueda transferir bienes inmuebles (C.R.S. 15-12-1201(1)(a); JDF 999).
- El período de espera es de solo 10 días después del fallecimiento.
- Quien tiene los bienes y se niega a aceptar una declaración jurada correcta sin causa razonable puede tener que pagar los costos y honorarios de abogado de los sucesores.
Cambios de 2024 a 2026
El límite se ajusta cada año según el costo de vida: $82,000 para fallecimientos en 2024, $86,000 para fallecimientos en 2025 y $88,000 para fallecimientos en 2026 (JDF 999 R: 28 de abril de 2026; DMV DR 2712 (04/30/26)).
Cartas a un banco
Use las herramientas gratuitas de abajo para pedir al banco el saldo a la fecha del fallecimiento o para presentar una declaración jurada firmada.
Páginas relacionadas
- Declaración jurada de patrimonio pequeño en Colorado
- Título del auto tras un fallecimiento en Colorado
- Casa sin probate en Colorado
- Calculadora de patrimonio pequeño de Colorado
- Carta al banco en Colorado
- Carta para pedir el saldo en Colorado
- Lista de documentos de Colorado
- Todo sobre patrimonios pequeños en Colorado
Ayuda gratuita en Colorado
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- Colorado Legal Services (asistencia legal gratuita)
- Colorado Bar Association: for the public (Colegio de Abogados de Colorado: para el público)
- Colorado Judicial Branch: Collection of Personal Property by Affidavit (Poder Judicial de Colorado: cobro de bienes muebles mediante declaración jurada; JDF 999)
- Colorado Judicial Branch: Open an Estate (Poder Judicial de Colorado: cómo abrir un patrimonio)
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372