Carta para pedir el saldo a la fecha del fallecimiento en Nueva York

Una carta breve que pide a un banco u otra entidad el valor de las cuentas de la persona a la fecha del fallecimiento. Los bancos suelen pedirlo antes de resolver el patrimonio.

Obligatoria si envía la carta por correo.

Va solo en la carta. Nunca se guarda ni se nos envía.

Va en la carta tal como lo escribe. Puede agregar una frase en inglés ya preparada:

Otros formatos

La carta en inglés (la que usted envía)

Qué dice la carta (en español). Es solo para que usted la entienda; no la envíe.

No envíe documentos originales a menos que la entidad se los pida; guarde copias. Firme la carta y guarde una copia.

Qué esperar

El banco puede pedir un acta de defunción certificada y prueba de que usted puede pedir la información. El banco decide qué entrega y cuándo.

Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Nueva York

Una cuenta conjunta establecida para pagarse a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta "in trust for" (Totten trust) va al beneficiario designado. Para una cuenta solo a nombre de la persona fallecida, un banco puede pagar hasta $30,000 al cónyuge sobreviviente con una declaración jurada en cualquier momento, o hasta $15,000 a un pariente cercano con una declaración jurada después de 30 días, pero el banco no está obligado. De lo contrario, el dinero lo cobra un administrador voluntario (patrimonio pequeño) o un albacea o administrador.

Ley: N.Y. Banking Law 675; EPTL 7-5.2; SCPA 1304-1305, 1310

Fuente: Página oficial

¿Las cuentas bancarias cuentan para el límite de patrimonio pequeño?

Tipo de bienCómo se trataDetalles
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona
Se cuenta

Las cuentas bancarias solo a nombre de la persona fallecida, sin copropietario sobreviviente ni beneficiario de fideicomiso ("in trust for"), sí cuentan.

Ley: SCPA 1301(1)

Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD)
Se deja fuera

Una cuenta conjunta pagadera a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta de fideicomiso ("in trust for" o Totten trust) pasa al beneficiario designado. No forman parte del patrimonio pequeño.

Ley: N.Y. Banking Law 675; EPTL 7-5.2

Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en Nueva York

Cuenta bancaria (POD)

Sí

Ley: N.Y. EPTL 7-5.1 to 7-5.8 (trust accounts); Banking Law 675

Fuente: Página oficial

Actas de defunción en Nueva York

El cónyuge, padre, madre, hijo o hermano puede pedir una copia certificada; los demás deben mostrar un derecho o reclamación legal documentada, una necesidad médica o una orden del tribunal. Debe enviar una copia de una identificación con foto (o dos pruebas de nombre y dirección). El estado cobra $30 por copia por correo, o $45 por copia más un cargo del proveedor en línea o por teléfono. Centro de llamadas: (855) 322-1022.

Dónde obtenerla
Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health), Registros Vitales (Vital Records) (para fallecimientos fuera de la Ciudad de Nueva York); Departamento de Salud de la Ciudad de Nueva York (NYC Health Department) para fallecimientos en los cinco distritos (boroughs); o el registrador local donde ocurrió el fallecimiento
Página oficial
Página oficial

Cónyuge sobreviviente en Nueva York

Un cónyuge sobreviviente (o, si no hay, los hijos menores de 21 años) tiene derecho a ciertos bienes apartados del patrimonio: artículos del hogar hasta $20,000, libros y cuadros de la familia hasta $2,500, animales de granja y maquinaria hasta $20,000, un automóvil hasta $25,000, y dinero hasta $25,000 (reducido por cualquier valor excedente de los artículos recibidos). Estos artículos no cuentan para el límite de $50,000 del patrimonio pequeño. El cónyuge tiene el primer derecho a actuar como administrador voluntario cuando no hay testamento, y puede cobrar hasta $30,000 del dinero que se le debía a la persona fallecida con una declaración jurada, sin administración.

Patrimonio pequeño (administración voluntaria): Affidavit in Relation to Settlement of Estate under Article 13 of the SCPA (declaración jurada relacionada con la liquidación del patrimonio, según la ley de patrimonios pequeños de la SCPA)

Una persona presenta una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones y se convierte en el "administrador voluntario" (voluntary administrator). El tribunal entrega un certificado corto que le permite a esa persona cobrar el dinero y las pertenencias de la persona fallecida, pagar las cuentas y entregar el resto a las personas que heredan. No hace falta una orden del juez ni una audiencia.

Límite

Hasta $50,000 Se cuenta por su valor total, sin restar deudas.

Los bienes muebles de la persona fallecida pueden tener un valor bruto de $50,000 o menos, sin contar los artículos de la exención familiar apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.

Qué se cuenta

El valor bruto de los bienes muebles de la persona fallecida (dinero, cuentas, automóviles, pertenencias), sin contar los artículos apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años según EPTL 5-3.1(a). Los bienes inmuebles no cuentan. Las deudas no se restan.

Período de espera

No hay período de espera. La declaración jurada se puede presentar en cualquier momento después del fallecimiento.

Quién puede usarlo

En orden de prioridad. Sin testamento: el cónyuge adulto sobreviviente; luego (si no hay, o si el cónyuge renuncia) un hijo o nieto adulto, un padre o madre, un hermano o hermana, un sobrino o sobrina, o un tío o tía; luego un tutor, curador o conservador de un heredero (distributee); luego el funcionario fiscal principal del condado (o el administrador público, public administrator). Con testamento: el albacea nombrado o el albacea suplente, después de presentar el testamento ante el Tribunal de Sucesiones; si renuncian o no presentan dentro de los 30 días después de presentado el testamento, una persona que podría pedir cartas de administración con el testamento anexo. Solo una de estas personas puede actuar.

Tribunal o dónde presentar

El Tribunal de Sucesiones del condado donde vivía la persona fallecida. Si la persona no vivía en Nueva York, el condado donde están los bienes muebles.

Notario

Es una declaración jurada bajo juramento en el formulario oficial. Hacer una declaración jurada falsa es perjurio.

Papeles que se adjuntan
  • Copia certificada del acta de defunción
  • El testamento original, si hay uno (se presenta ante el Tribunal de Sucesiones)
  • Lista de los bienes muebles de la persona fallecida y su valor, y de las personas que heredan
Pasos
  1. Verifique que usted es la persona con derecho a actuar y que los bienes muebles son $50,000 o menos.
  2. Llene la declaración jurada de patrimonio pequeño y preséntela, con un acta de defunción certificada, ante el secretario del Tribunal de Sucesiones.
  3. El secretario la archiva y envía por correo un aviso a los demás herederos y beneficiarios.
  4. Obtenga un certificado corto del secretario y entréguelo a cada banco o empresa que tenga los bienes de la persona fallecida.
  5. Ponga todo el dinero que cobre en una cuenta bancaria del patrimonio en Nueva York, a nombre del patrimonio.
  6. Pague los gastos, los gastos funerarios razonables y las deudas en el orden que fija la ley, y luego entregue el resto a las personas que heredan.
  7. Presente ante el tribunal una declaración que enumere todo lo que cobró y pagó, con recibos o cheques cancelados.
Costo

La ley fija un cargo de $1 por presentar la declaración jurada (SCPA 1304(4)). No hay cargo por presentar la declaración de la cuenta final (SCPA 1307(2)). Las copias certificadas y los certificados pueden costar extra; pregunte al secretario.

Deudas y responsabilidad

El administrador voluntario debe rendir cuentas a los acreedores, herederos, beneficiarios y a cualquier albacea o administrador nombrado después, de la misma manera que cualquier fiduciario de un patrimonio. Quien a sabiendas haga una declaración jurada falsa para obtener los bienes puede ser procesado por perjurio. El administrador voluntario no recibe pago por este trabajo.

Lo que debe hacer el banco o la entidad

Cuando el administrador voluntario entrega el certificado corto del tribunal y un recibo (y entrega cualquier documento de propiedad, como una libreta de ahorros), el banco u otra persona que tenga los bienes queda completamente liberado de responsabilidad por lo que paga o entrega. Si se niega, el administrador voluntario puede demandar para recuperar los bienes, siempre que la reclamación más el resto del patrimonio estén dentro del límite de $50,000; una copia certificada de la declaración jurada es prueba de los hechos que contiene.

Ley: N.Y. Surr. Ct. Proc. Act secs. 1301-1312

Fuente: Página oficial

Quién hereda si no hay testamento en Nueva York

Si no hay testamento: el cónyuge y los hijos lo comparten; el cónyuge recibe $50,000 más la mitad del resto y los hijos (o sus descendientes) reciben la otra mitad. Un cónyuge sin hijos recibe todo. Los hijos sin cónyuge reciben todo. Si no hay cónyuge ni hijos, va a los padres, luego a los hermanos y hermanas (y sus descendientes), y luego a los abuelos y sus hijos y nietos.

Ley: N.Y. EPTL sec. 4-1.1

Fuente: Página oficial

Bueno saber en Nueva York

  • Nueva York no tiene un período de espera para la declaración jurada de patrimonio pequeño; se puede presentar justo después del fallecimiento (SCPA 1304(1)).
  • El procedimiento de patrimonio pequeño no puede transferir bienes inmuebles, pero ser dueño de bienes inmuebles no impide usarlo para los bienes muebles (SCPA 1302).
  • Desde el 19 de julio de 2024, Nueva York permite escrituras de transferencia al fallecer para bienes inmuebles (Real Property Law 424).

Cambios de 2024 a 2026

La sección 424 de la Real Property Law (escrituras de transferencia al fallecer) entró en vigor el 19 de julio de 2024. El formulario MV-349.1 del DMV se revisó en abril de 2025. No se encontró ningún cambio al límite de patrimonio pequeño de $50,000 (SCPA 1301) en el texto oficial de la ley leído en octubre de 2026; el límite subió de $30,000 a $50,000 por L.2019, ch. 557 (firmada el 25 de noviembre de 2019).

Páginas relacionadas

Ayuda gratuita en Nueva York

Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.