Cómo resolver un patrimonio pequeño en Nueva York sin probate
En Nueva York se llama: Patrimonio pequeño (small estate; administración voluntaria, voluntary administration); declaración jurada de patrimonio pequeño (small estate affidavit) presentada ante el Tribunal de Sucesiones (Surrogate's Court). Si los bienes muebles de la persona fallecida valen $50,000 o menos, un pariente cercano o el albacea nombrado puede presentar una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones (Surrogate's Court) y obtener un certificado para cobrar y distribuir esos bienes, sin un caso de sucesión testamentaria ante el tribunal (probate) completo ni una audiencia.
Hasta $50,000, sin período de espera, se presenta ante un tribunal.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
¿No se trata de un patrimonio pequeño? Dinero sin reclamar → Owed Map · Cobradores de deudas → Debt Collector Map · Otros problemas → robinclaim.com
Herramientas gratuitas
Calculadora de patrimonio pequeño
Sume el patrimonio y compárelo con el límite de Nueva York para la fecha del fallecimiento.
Carta al banco
Presente su declaración jurada firmada a un banco u otra entidad en Nueva York.
Carta para pedir el saldo
Pida a un banco o entidad el saldo a la fecha del fallecimiento.
Lista de documentos
Papeles, pasos, formularios y costos en Nueva York, por procedimiento.
Auto, banco y casa en Nueva York
Auto u otro vehículo
Un cónyuge sobreviviente, o el tutor de hijos menores de 21 años, puede quedarse con uno de los vehículos de la persona fallecida que valga $25,000 o menos.
Cuentas bancarias
Una cuenta conjunta establecida para pagarse a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta "in trust for" (Totten trust) va al beneficiario designado.
Casa o terreno
Desde el 19 de julio de 2024, un dueño puede firmar una escritura de transferencia al fallecer para que los bienes inmuebles de Nueva York pasen a los beneficiarios designados al fallecer, sin probate.
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Patrimonio pequeño (administración voluntaria): Affidavit in Relation to Settlement of Estate under Article 13 of the SCPA (declaración jurada relacionada con la liquidación del patrimonio, según la ley de patrimonios pequeños de la SCPA)
Una persona presenta una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones y se convierte en el "administrador voluntario" (voluntary administrator). El tribunal entrega un certificado corto que le permite a esa persona cobrar el dinero y las pertenencias de la persona fallecida, pagar las cuentas y entregar el resto a las personas que heredan. No hace falta una orden del juez ni una audiencia.
- Límite
Hasta $50,000 Se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
Los bienes muebles de la persona fallecida pueden tener un valor bruto de $50,000 o menos, sin contar los artículos de la exención familiar apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.
- Qué se cuenta
El valor bruto de los bienes muebles de la persona fallecida (dinero, cuentas, automóviles, pertenencias), sin contar los artículos apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años según EPTL 5-3.1(a). Los bienes inmuebles no cuentan. Las deudas no se restan.
- Período de espera
No hay período de espera. La declaración jurada se puede presentar en cualquier momento después del fallecimiento.
- Quién puede usarlo
En orden de prioridad. Sin testamento: el cónyuge adulto sobreviviente; luego (si no hay, o si el cónyuge renuncia) un hijo o nieto adulto, un padre o madre, un hermano o hermana, un sobrino o sobrina, o un tío o tía; luego un tutor, curador o conservador de un heredero (distributee); luego el funcionario fiscal principal del condado (o el administrador público, public administrator). Con testamento: el albacea nombrado o el albacea suplente, después de presentar el testamento ante el Tribunal de Sucesiones; si renuncian o no presentan dentro de los 30 días después de presentado el testamento, una persona que podría pedir cartas de administración con el testamento anexo. Solo una de estas personas puede actuar.
- Tribunal o dónde presentar
El Tribunal de Sucesiones del condado donde vivía la persona fallecida. Si la persona no vivía en Nueva York, el condado donde están los bienes muebles.
- Notario
Es una declaración jurada bajo juramento en el formulario oficial. Hacer una declaración jurada falsa es perjurio.
- Papeles que se adjuntan
- Copia certificada del acta de defunción
- El testamento original, si hay uno (se presenta ante el Tribunal de Sucesiones)
- Lista de los bienes muebles de la persona fallecida y su valor, y de las personas que heredan
- Pasos
- Verifique que usted es la persona con derecho a actuar y que los bienes muebles son $50,000 o menos.
- Llene la declaración jurada de patrimonio pequeño y preséntela, con un acta de defunción certificada, ante el secretario del Tribunal de Sucesiones.
- El secretario la archiva y envía por correo un aviso a los demás herederos y beneficiarios.
- Obtenga un certificado corto del secretario y entréguelo a cada banco o empresa que tenga los bienes de la persona fallecida.
- Ponga todo el dinero que cobre en una cuenta bancaria del patrimonio en Nueva York, a nombre del patrimonio.
- Pague los gastos, los gastos funerarios razonables y las deudas en el orden que fija la ley, y luego entregue el resto a las personas que heredan.
- Presente ante el tribunal una declaración que enumere todo lo que cobró y pagó, con recibos o cheques cancelados.
- Costo
La ley fija un cargo de $1 por presentar la declaración jurada (SCPA 1304(4)). No hay cargo por presentar la declaración de la cuenta final (SCPA 1307(2)). Las copias certificadas y los certificados pueden costar extra; pregunte al secretario.
- Deudas y responsabilidad
El administrador voluntario debe rendir cuentas a los acreedores, herederos, beneficiarios y a cualquier albacea o administrador nombrado después, de la misma manera que cualquier fiduciario de un patrimonio. Quien a sabiendas haga una declaración jurada falsa para obtener los bienes puede ser procesado por perjurio. El administrador voluntario no recibe pago por este trabajo.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Cuando el administrador voluntario entrega el certificado corto del tribunal y un recibo (y entrega cualquier documento de propiedad, como una libreta de ahorros), el banco u otra persona que tenga los bienes queda completamente liberado de responsabilidad por lo que paga o entrega. Si se niega, el administrador voluntario puede demandar para recuperar los bienes, siempre que la reclamación más el resto del patrimonio estén dentro del límite de $50,000; una copia certificada de la declaración jurada es prueba de los hechos que contiene.
Ley: N.Y. Surr. Ct. Proc. Act secs. 1301-1312
Fuente: Página oficial
Pago a un cónyuge sobreviviente sin administración (hasta $30,000)
Un banco, empleador, aseguradora o agencia del gobierno que le deba dinero a la persona fallecida puede pagar hasta $30,000 directamente al cónyuge sobreviviente, con la declaración jurada del cónyuge, sin ningún caso ante el tribunal.
- Límite
Hasta $30,000
Hasta $30,000 en total, contando todos los pagos que el cónyuge recibe de esta manera.
- Qué se cuenta
Todos los pagos que el cónyuge recibe de esta manera, de todos los pagadores, sumados. Se aplica al dinero que se le debía a la persona fallecida (depósitos bancarios, sueldos, pensiones, seguros o dinero del gobierno pagadero a la persona fallecida o al patrimonio), a menos que una designación de beneficiario diga otra cosa.
- Período de espera
El pagador puede pagar al cónyuge de inmediato; no hay período de espera.
- Quién puede usarlo
El cónyuge sobreviviente.
- Tribunal o dónde presentar
Se entrega al banco, empleador u otro pagador.
- Notario
El cónyuge firma una declaración jurada.
- Papeles que se adjuntan
- Declaración jurada del cónyuge que muestre que este pago y todos los demás recibidos de esta manera suman $30,000 o menos
- Pasos
- Pregunte al banco, empleador u otro pagador si pagará según SCPA 1310.
- Firme la declaración jurada que exige la ley y entréguela al pagador.
- Costo
No se presenta nada ante el tribunal.
- Deudas y responsabilidad
El cónyuge debe rendir cuentas del dinero a un albacea o administrador nombrado después (o al administrador público), excepto en la medida en que el cónyuge tenga derecho a ese dinero según la exención familiar; el monto recibido se acredita a esa exención.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Pagar está permitido, no es obligatorio: la ley no le quita al pagador el derecho a negarse. Un pago hecho de buena fe libera al pagador en la medida del pago, aunque la declaración jurada sea falsa, siempre que la persona haya fallecido y quien firma sea realmente el cónyuge.
Ley: N.Y. Surr. Ct. Proc. Act sec. 1310(1), (2), (5)-(7)
Fuente: Página oficial
Pago de ciertas deudas a familiares sin administración (hasta $15,000, o $5,000 después de seis meses)
Al menos 30 días después del fallecimiento, un banco u otro pagador puede pagar hasta $15,000 del dinero que se le debía a la persona fallecida a un pariente cercano, con una declaración jurada. Una regla aparte de $5,000 se aplica después de seis meses cuando no hay cónyuge ni hijo menor.
- Límite
Hasta $15,000
Hasta $15,000 en total, 30 días o más después del fallecimiento. Aparte, seis meses o más después del fallecimiento, se puede pagar una deuda de no más de $5,000 a un heredero (distributee), a un acreedor o a la persona que pagó el funeral, si la persona fallecida no dejó cónyuge ni hijo menor.
- Qué se cuenta
Todos los pagos hechos según esta sección por todos los pagadores que quien firma conozca después de una investigación diligente, sumados.
- Período de espera
Al menos 30 días después del fallecimiento para la regla de $15,000; al menos seis meses para la regla de $5,000.
- Quién puede usarlo
Para la regla de $15,000, en este orden de preferencia: el cónyuge sobreviviente, un hijo adulto (de 18 años o más), cualquiera de los padres, un hermano o hermana, un sobrino o sobrina; o, a solicitud del cónyuge o de uno de estos parientes, un acreedor o la persona que pagó o debe la cuenta del funeral. Para la regla de $5,000: un heredero (distributee), un acreedor o la persona que pagó o contrajo los gastos del funeral.
- Tribunal o dónde presentar
Se entrega al banco u otro pagador.
- Notario
La persona firma una declaración jurada.
- Papeles que se adjuntan
- Declaración jurada que indique la fecha del fallecimiento, su parentesco, que no se ha nombrado a ningún albacea ni administrador, los nombres y direcciones de las personas que recibirán el dinero, y que todos los pagos hechos de esta manera suman $15,000 o menos (o $5,000 o menos)
- Pasos
- Espere al menos 30 días después del fallecimiento (seis meses para la regla de $5,000).
- Pregunte al banco o pagador si pagará según SCPA 1310.
- Firme la declaración jurada con las declaraciones requeridas y entréguela al pagador.
- Costo
No se presenta nada ante el tribunal.
- Deudas y responsabilidad
Quien reciba dinero de esta manera debe rendir cuentas a un albacea o administrador nombrado después, o al administrador público.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Pagar está permitido, no es obligatorio. Un pago de buena fe libera al pagador en la medida del pago, aunque la declaración jurada sea falsa, siempre que la persona haya fallecido, haya pasado el tiempo de espera y quien firma tenga realmente el parentesco indicado.
Ley: N.Y. Surr. Ct. Proc. Act sec. 1310(3)-(7)
Fuente: Página oficial
Qué cuenta para el límite en Nueva York
Sume el valor bruto de los bienes muebles del patrimonio de la persona fallecida. No reste las deudas. No incluya los bienes inmuebles, las cuentas conjuntas y las cuentas "in trust for" (en fideicomiso para), los bienes con un beneficiario designado, ni los artículos de la exención familiar apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.
Ley: N.Y. SCPA 1301, 1302; EPTL 5-3.1
En este estado el total se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se cuenta | Las cuentas bancarias solo a nombre de la persona fallecida, sin copropietario sobreviviente ni beneficiario de fideicomiso ("in trust for"), sí cuentan. Ley: SCPA 1301(1) |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | Una cuenta conjunta pagadera a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta de fideicomiso ("in trust for" o Totten trust) pasa al beneficiario designado. No forman parte del patrimonio pequeño. Ley: N.Y. Banking Law 675; EPTL 7-5.2 |
Autos y otros vehículos | Se cuenta | Un automóvil es un bien mueble y sí cuenta. Un automóvil que valga hasta $25,000 y que se aparte para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años no se incluye en el total. Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a)(5) |
Botes y casas móviles o prefabricadas | Se cuenta | Las embarcaciones y otros bienes muebles cuentan por su valor. Ley: SCPA 1301(1) |
Bienes inmuebles en Nueva York | Se deja fuera | Los bienes inmuebles no cuentan y no se pueden manejar con el procedimiento de patrimonio pequeño. Ser dueño de bienes inmuebles no le impide usarlo para los bienes muebles. Ley: SCPA 1301(1), 1302 |
Casa principal (residencia primaria) | Se deja fuera | La vivienda de la persona fallecida (bien inmueble) no cuenta y no se maneja con el procedimiento de patrimonio pequeño. Ley: SCPA 1302 |
Bienes inmuebles en otro estado | Se deja fuera | Los bienes inmuebles no cuentan. Ley: SCPA 1301(1), 1302 |
Sueldos que se le debían a la persona | Se cuenta | Los sueldos sin pagar son dinero que se le debía a la persona fallecida y sí cuentan. Un empleador puede pagar hasta $30,000 al cónyuge, o hasta $15,000 a parientes cercanos después de 30 días, sin administración (SCPA 1310). Ley: SCPA 1301(1), 1310 |
Pago militar que se le debía a la persona | No está claro | El Artículo 13 no dice cómo se trata el pago militar que se le debía a la persona fallecida. Ley: SCPA 1301 |
Seguro de vida o jubilación pagado a una persona designada | Se deja fuera | Los seguros de vida, las pensiones y los beneficios de jubilación que se pagan a un beneficiario designado pertenecen al beneficiario y no forman parte del patrimonio. Ley: EPTL 13-3.2 |
Seguro de vida o jubilación pagado al patrimonio | Se cuenta | El dinero de seguros o de jubilación pagadero al patrimonio de la persona fallecida sí cuenta. Ley: SCPA 1301(1) |
Bienes en un fideicomiso en vida | No está claro | El Artículo 13 no menciona los bienes que están en un fideicomiso en vida (living trust). Ley: SCPA 1301 |
Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia | Se deja fuera | Los bienes en copropiedad con derecho de supervivencia, como una cuenta conjunta, van al dueño sobreviviente y no forman parte del patrimonio pequeño. Ley: N.Y. Banking Law 675 |
Bienes que pasan al cónyuge sobreviviente | Se cuenta | Los bienes que van al cónyuge según el testamento o la ley de herencias sí cuentan. Solo se excluyen los artículos de la exención familiar apartados según EPTL 5-3.1(a): artículos del hogar hasta $20,000, libros y cuadros de la familia hasta $2,500, animales de granja y maquinaria hasta $20,000, un automóvil hasta $25,000, y dinero hasta $25,000 (reducido en algunos casos). Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a) |
Acciones, bonos y cuentas de corretaje | Se cuenta | Las acciones, los bonos y las cuentas de corretaje solo a nombre de la persona fallecida, sin beneficiario de transferencia al fallecer, sí cuentan. Ley: SCPA 1301(1) |
Muebles, joyas y otras pertenencias | Se cuenta | Las pertenencias cuentan por su valor, excepto los artículos del hogar y los libros y cuadros de la familia apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años. Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a)(1)-(2) |
Fuente: Página oficial
Título de un auto o vehículo después de un fallecimiento en Nueva York
Un cónyuge sobreviviente, o el tutor de hijos menores de 21 años, puede quedarse con uno de los vehículos de la persona fallecida que valga $25,000 o menos. Para transferirlo a otra persona, el cónyuge o tutor firma el Affidavit for Transfer of Motor Vehicle (MV-349.1; declaración jurada para transferir un vehículo motorizado) ante un notario o comisionado de escrituras (commissioner of deeds) y entrega al nuevo dueño una copia del acta de defunción. Si el vehículo vale más de $25,000, el cónyuge o los hijos aún pueden quedarse con él pagando al patrimonio la cantidad que pase de $25,000. Si no hay cónyuge sobreviviente ni hijo menor de 21 años, ni testamento que deba pasar por probate, ni albacea ni administrador, los parientes más cercanos pueden transferir un vehículo que valga $25,000 o menos con el formulario MV-349 (jurado ante un notario o comisionado de escrituras), el título y una copia del acta de defunción; el MV-349 no se puede usar si la persona fallecida era dueña de más de un vehículo. En otros casos, el albacea, administrador o administrador voluntario firma el título y entrega al DMV una copia de las cartas o de la declaración jurada del administrador voluntario. Un título de otro estado debe ser transferido por un albacea o administrador. La lista de verificación MV-843 del DMV enumera todo lo que debe llevar.
Ley: N.Y. EPTL 5-3.1(a)(5); DMV forms MV-349.1, MV-349, MV-843
- Agencia
- Departamento de Vehículos Motorizados del Estado de Nueva York (New York State Department of Motor Vehicles, DMV)
- Límite de valor
- Hasta $25,000
- Costo
Se aplican los cargos de título del DMV; pregunte al DMV.
Fuente: Página oficial
Cuentas bancarias después de un fallecimiento en Nueva York
Una cuenta conjunta establecida para pagarse a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta "in trust for" (Totten trust) va al beneficiario designado. Para una cuenta solo a nombre de la persona fallecida, un banco puede pagar hasta $30,000 al cónyuge sobreviviente con una declaración jurada en cualquier momento, o hasta $15,000 a un pariente cercano con una declaración jurada después de 30 días, pero el banco no está obligado. De lo contrario, el dinero lo cobra un administrador voluntario (patrimonio pequeño) o un albacea o administrador.
Ley: N.Y. Banking Law 675; EPTL 7-5.2; SCPA 1304-1305, 1310
Fuente: Página oficial
Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en Nueva York
- Bienes inmuebles (escritura TOD)
Sí · Escritura de transferencia al fallecer (transfer on death deed)
Desde el 19 de julio de 2024, un dueño puede firmar una escritura de transferencia al fallecer para que los bienes inmuebles de Nueva York pasen a los beneficiarios designados al fallecer, sin probate. La escritura debe firmarse ante dos testigos presentes al mismo tiempo, reconocerse ante un notario e inscribirse en la oficina del secretario del condado (county clerk) antes del fallecimiento del dueño. El dueño solo puede revocarla mediante un documento inscrito. Si el patrimonio sujeto a probate no puede pagar las reclamaciones permitidas, el patrimonio puede cobrarlas de los bienes, pero el procedimiento debe iniciarse dentro de los 18 meses después del fallecimiento.
Ley: N.Y. Real Prop. Law sec. 424
- Cuenta bancaria (POD)
Sí
Ley: N.Y. EPTL 7-5.1 to 7-5.8 (trust accounts); Banking Law 675
- Valores (TOD)
Sí
Ley: N.Y. EPTL Part 13-4 (registration of securities in beneficiary form)
Fuente: Página oficial
Cónyuge sobreviviente en Nueva York
Un cónyuge sobreviviente (o, si no hay, los hijos menores de 21 años) tiene derecho a ciertos bienes apartados del patrimonio: artículos del hogar hasta $20,000, libros y cuadros de la familia hasta $2,500, animales de granja y maquinaria hasta $20,000, un automóvil hasta $25,000, y dinero hasta $25,000 (reducido por cualquier valor excedente de los artículos recibidos). Estos artículos no cuentan para el límite de $50,000 del patrimonio pequeño. El cónyuge tiene el primer derecho a actuar como administrador voluntario cuando no hay testamento, y puede cobrar hasta $30,000 del dinero que se le debía a la persona fallecida con una declaración jurada, sin administración.
Deudas de la persona en Nueva York
El administrador voluntario paga los gastos necesarios de administración, los gastos funerarios razonables y las deudas de la persona fallecida, en el orden que fija la ley, antes de entregar algo a los herederos. Las personas que reciben dinero según SCPA 1310 deben rendir cuentas a cualquier albacea o administrador nombrado después.
Recuperación de Medicaid en Nueva York
Medicaid de Nueva York debe buscar el reembolso de los patrimonios de los beneficiarios que tenían 55 años o más, o que estaban de forma permanente en un hogar de ancianos o una institución similar. En Nueva York, "patrimonio" (estate) significa los bienes que pasan según un testamento o por sucesión sin testamento (el patrimonio sujeto a probate); la OMIG dice que su reclamación es contra los bienes del patrimonio solo a nombre de la persona fallecida, y que los familiares no son personalmente responsables. La recuperación se pospone mientras haya un cónyuge sobreviviente, un hijo menor de 21 años, o un hijo ciego o con discapacidad. La recuperación puede renunciarse por dificultad excesiva (undue hardship), por ejemplo cuando el bien es el único bien que produce ingresos para el heredero o es una vivienda de valor modesto que es la residencia principal del heredero. Si la OMIG envía un Notice of Intent to File a Claim (aviso de intención de presentar una reclamación) y un Estate Questionnaire (cuestionario del patrimonio), llénelo y devuélvalo, y pida allí que se considere la dificultad excesiva.
Ley: N.Y. Soc. Serv. Law sec. 369(2), (5), (6)
- Agencia
- Oficina del Inspector General de Medicaid del Estado de Nueva York (NYS Office of the Medicaid Inspector General, OMIG), Recuperación por Siniestros y de Bienes del Patrimonio (Casualty & Estate Recovery)
- Página oficial
- Página oficial
Quién hereda si no hay testamento en Nueva York
Si no hay testamento: el cónyuge y los hijos lo comparten; el cónyuge recibe $50,000 más la mitad del resto y los hijos (o sus descendientes) reciben la otra mitad. Un cónyuge sin hijos recibe todo. Los hijos sin cónyuge reciben todo. Si no hay cónyuge ni hijos, va a los padres, luego a los hermanos y hermanas (y sus descendientes), y luego a los abuelos y sus hijos y nietos.
Ley: N.Y. EPTL sec. 4-1.1
Fuente: Página oficial
Actas de defunción en Nueva York
El cónyuge, padre, madre, hijo o hermano puede pedir una copia certificada; los demás deben mostrar un derecho o reclamación legal documentada, una necesidad médica o una orden del tribunal. Debe enviar una copia de una identificación con foto (o dos pruebas de nombre y dirección). El estado cobra $30 por copia por correo, o $45 por copia más un cargo del proveedor en línea o por teléfono. Centro de llamadas: (855) 322-1022.
- Dónde obtenerla
- Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health), Registros Vitales (Vital Records) (para fallecimientos fuera de la Ciudad de Nueva York); Departamento de Salud de la Ciudad de Nueva York (NYC Health Department) para fallecimientos en los cinco distritos (boroughs); o el registrador local donde ocurrió el fallecimiento
- Página oficial
- Página oficial
Dónde presentar en Nueva York
La declaración jurada de patrimonio pequeño se presenta ante el secretario del Tribunal de Sucesiones del condado donde vivía la persona fallecida (o, si no vivía en Nueva York, donde están los bienes muebles). No hay audiencia. Los pagos al cónyuge y a familiares según SCPA 1310 no se presentan en ningún lugar; la declaración jurada va al banco o pagador. Los formularios de vehículos van al DMV.
Ley: MV-349.1 o MV-349
Bueno saber en Nueva York
- Nueva York no tiene un período de espera para la declaración jurada de patrimonio pequeño; se puede presentar justo después del fallecimiento (SCPA 1304(1)).
- El procedimiento de patrimonio pequeño no puede transferir bienes inmuebles, pero ser dueño de bienes inmuebles no impide usarlo para los bienes muebles (SCPA 1302).
- Desde el 19 de julio de 2024, Nueva York permite escrituras de transferencia al fallecer para bienes inmuebles (Real Property Law 424).
Cambios de 2024 a 2026
La sección 424 de la Real Property Law (escrituras de transferencia al fallecer) entró en vigor el 19 de julio de 2024. El formulario MV-349.1 del DMV se revisó en abril de 2025. No se encontró ningún cambio al límite de patrimonio pequeño de $50,000 (SCPA 1301) en el texto oficial de la ley leído en octubre de 2026; el límite subió de $30,000 a $50,000 por L.2019, ch. 557 (firmada el 25 de noviembre de 2019).
Reglas nacionales que se aplican en todos los estados
Impuesto federal sobre el patrimonio
- Para una persona que falleció en 2026, solo se exige una declaración de impuesto federal sobre el patrimonio (Form 706) si el patrimonio bruto, más ciertos regalos gravables hechos en vida, es de más de $15,000,000.
- La mayoría de los patrimonios no deben impuesto federal sobre el patrimonio y no necesitan presentar una declaración de impuesto federal sobre el patrimonio.
Ley: 26 U.S.C. 2010(c)(3) (as amended by Pub. L. 119-21)
La declaración final de impuestos
- Declare todos los ingresos hasta la fecha del fallecimiento y reclame todos los créditos y deducciones que correspondan.
- Alguien debe presentar la declaración final de impuestos federales sobre los ingresos de la persona fallecida, de la misma manera en que se habría presentado si estuviera viva.
- Para reclamar un reembolso que se le debía a la persona fallecida, adjunte el Form 1310 (Statement of Person Claiming Refund Due a Deceased Taxpayer, declaración de la persona que reclama el reembolso debido a un contribuyente fallecido).
Ley: Form 1310 instructions (Rev. December 2025)
Seguro Social
- Los beneficios de jubilación del Seguro Social (Social Security) se pagan hasta el mes anterior al mes en que falleció la persona.
- Si la persona tenía suficientes créditos de trabajo del Seguro Social (estaba asegurada por completo o en forma vigente), se puede pagar un pago único por fallecimiento de $255 (o tres veces el beneficio básico de la persona, si esa cantidad es menor) a un cónyuge sobreviviente que vivía con la persona.
Ley: 42 U.S.C. 402(a), 402(i)
Bonos de ahorro
- Si los bonos de ahorro de la persona y otros valores del Tesoro que se tienen directamente con el Tesoro valen más de $100,000 a la fecha del fallecimiento, el Tesoro exige un patrimonio administrado por un tribunal.
Ley: 31 CFR 353.71; FS Form 5336 (Rev. April 2026)
Deudas
- Las deudas generalmente se pagan con el dinero y los bienes que dejó la persona (el patrimonio).
- Si el patrimonio no puede pagar una deuda y nadie más compartía la responsabilidad de pagarla, es posible que la deuda quede sin pagar.
- Es posible que usted tenga que pagar si firmó como codeudor del préstamo, si era titular conjunto de una cuenta de tarjeta de crédito (y no solo usuario autorizado), o si la ley estatal hace responsable al cónyuge de ciertas deudas, como en los estados de bienes gananciales (community property) o en los estados con leyes sobre gastos necesarios como la atención médica.
Ley: 12 CFR 1006.6(a)(4)
Una casa con hipoteca
- Para una vivienda con menos de cinco unidades, un prestamista no puede declarar vencido todo el préstamo solo porque la vivienda pasa a un pariente después del fallecimiento del prestatario, a un cónyuge o a hijos que se convierten en dueños, o a un copropietario sobreviviente.
- Https://www.consumerfinance.gov/ask-cfpb/how-do-i-get-mortgage-information-about-a-home-i-inherited-en-217/
- Https://www.consumerfinance.gov/ask-cfpb/i-recently-inherited-a-house-the-mortgage-lender-said-its-required-to-determine-my-ability-to-repay-before-it-will-let-me-take-over-the-mortgage-loan-is-this-true-en-1939/
Ley: 12 U.S.C. 1701j-3(d)(3), (5), (6); 12 CFR 1024.30(d), 1024.31
Seguro FDIC de las cuentas bancarias
- Después de que muere el dueño de un depósito, el seguro de la FDIC sobre la cuenta se mantiene igual durante seis meses, a menos que la cuenta se reestructure.
Ley: 12 CFR 330.3(j)
Recuperación de Medicaid
- Los estados deben tratar de recuperar del patrimonio algunos costos de Medicaid de una persona que recibió beneficios a los 55 años o más: servicios en centros de enfermería, servicios en el hogar y la comunidad, y servicios relacionados de hospital y de medicamentos recetados.
- El 'patrimonio' (estate) incluye por lo menos los bienes del patrimonio de probate de la persona según la ley estatal.
- Https://www.govinfo.gov/link/uscode/42/1396p?type=usc&year=mostrecent&link-type=html
Ley: 42 U.S.C. 1396p(b)
Actas de defunción
- Las copias certificadas de un acta de defunción provienen de la oficina de registros vitales del estado donde ocurrió el fallecimiento, no del gobierno federal.
Ayuda gratuita en Nueva York
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- LawHelpNY (buscador de ayuda legal gratuita)
- Servicio de Referencia de Abogados de la Asociación de Abogados del Estado de Nueva York (New York State Bar Association Lawyer Referral Service)
- NY CourtHelp: Small estates (voluntary administration) (Ayuda de los Tribunales de NY: patrimonios pequeños, administración voluntaria)
- NY Surrogate's Court small estate forms (formularios de patrimonio pequeño del Tribunal de Sucesiones de NY)
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
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Preguntas sobre patrimonios pequeños en Nueva York
¿Cómo se llama la declaración jurada de patrimonio pequeño en Nueva York?
En Nueva York se llama: Patrimonio pequeño (small estate; administración voluntaria, voluntary administration); declaración jurada de patrimonio pequeño (small estate affidavit) presentada ante el Tribunal de Sucesiones (Surrogate's Court). Si los bienes muebles de la persona fallecida valen $50,000 o menos, un pariente cercano o el albacea nombrado puede presentar una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones (Surrogate's Court) y obtener un certificado para cobrar y distribuir esos bienes, sin un caso de sucesión testamentaria ante el tribunal (probate) completo ni una audiencia.
¿Cuál es el límite de patrimonio pequeño en Nueva York?
Hasta $50,000, sin período de espera, se presenta ante un tribunal.
¿Cuánto tengo que esperar en Nueva York?
No hay período de espera. La declaración jurada se puede presentar en cualquier momento después del fallecimiento.
¿Tengo que ir al tribunal en Nueva York?
El Tribunal de Sucesiones del condado donde vivía la persona fallecida. Si la persona no vivía en Nueva York, el condado donde están los bienes muebles.
¿Cómo transfiero un auto después de un fallecimiento en Nueva York?
Un cónyuge sobreviviente, o el tutor de hijos menores de 21 años, puede quedarse con uno de los vehículos de la persona fallecida que valga $25,000 o menos. Para transferirlo a otra persona, el cónyuge o tutor firma el Affidavit for Transfer of Motor Vehicle (MV-349.1; declaración jurada para transferir un vehículo motorizado) ante un notario o comisionado de escrituras (commissioner of deeds) y entrega al nuevo dueño una copia del acta de defunción.
¿Qué pasa con una cuenta bancaria después de un fallecimiento en Nueva York?
Una cuenta conjunta establecida para pagarse a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta "in trust for" (Totten trust) va al beneficiario designado.
¿Quién hereda en Nueva York si no hay testamento?
Si no hay testamento: el cónyuge y los hijos lo comparten; el cónyuge recibe $50,000 más la mitad del resto y los hijos (o sus descendientes) reciben la otra mitad. Un cónyuge sin hijos recibe todo. Los hijos sin cónyuge reciben todo.
¿Tengo que pagar las deudas de la persona en Nueva York?
El administrador voluntario paga los gastos necesarios de administración, los gastos funerarios razonables y las deudas de la persona fallecida, en el orden que fija la ley, antes de entregar algo a los herederos.
- N.Y. Surrogate's Court Procedure Act Article 13 (NY Senate official laws database)
- SCPA 1310 Payment of certain debts without administration
- EPTL 5-3.1 Exemption for benefit of family
- EPTL 4-1.1 Descent and distribution
- Real Property Law 424 Transfer on death deed
- Banking Law 675 Joint deposits
- Social Services Law 369
- NY DMV form MV-349.1
- NY DMV: If a Family Member Has Passed Away
- NY DMV form MV-349 (next of kin)
- NY DMV checklist MV-843
- OMIG Estate Recovery FAQ
- NYS DOH Death Certificates
- Suffolk County Clerk: Transfer on Death Deeds (effective date)
- NY Senate bill S4951A (2019), signed as chapter 557