Declaración jurada de patrimonio pequeño en Nueva York: quién puede usarla y cómo

Una persona presenta una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones y se convierte en el "administrador voluntario" (voluntary administrator). El tribunal entrega un certificado corto que le permite a esa persona cobrar el dinero y las pertenencias de la persona fallecida, pagar las cuentas y entregar el resto a las personas que heredan. No hace falta una orden del juez ni una audiencia.

Hasta $50,000, sin período de espera, se presenta ante un tribunal.

Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.

Patrimonio pequeño (administración voluntaria): Affidavit in Relation to Settlement of Estate under Article 13 of the SCPA (declaración jurada relacionada con la liquidación del patrimonio, según la ley de patrimonios pequeños de la SCPA)

Una persona presenta una declaración jurada corta ante el Tribunal de Sucesiones y se convierte en el "administrador voluntario" (voluntary administrator). El tribunal entrega un certificado corto que le permite a esa persona cobrar el dinero y las pertenencias de la persona fallecida, pagar las cuentas y entregar el resto a las personas que heredan. No hace falta una orden del juez ni una audiencia.

Límite

Hasta $50,000 Se cuenta por su valor total, sin restar deudas.

Los bienes muebles de la persona fallecida pueden tener un valor bruto de $50,000 o menos, sin contar los artículos de la exención familiar apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.

Qué se cuenta

El valor bruto de los bienes muebles de la persona fallecida (dinero, cuentas, automóviles, pertenencias), sin contar los artículos apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años según EPTL 5-3.1(a). Los bienes inmuebles no cuentan. Las deudas no se restan.

Período de espera

No hay período de espera. La declaración jurada se puede presentar en cualquier momento después del fallecimiento.

Quién puede usarlo

En orden de prioridad. Sin testamento: el cónyuge adulto sobreviviente; luego (si no hay, o si el cónyuge renuncia) un hijo o nieto adulto, un padre o madre, un hermano o hermana, un sobrino o sobrina, o un tío o tía; luego un tutor, curador o conservador de un heredero (distributee); luego el funcionario fiscal principal del condado (o el administrador público, public administrator). Con testamento: el albacea nombrado o el albacea suplente, después de presentar el testamento ante el Tribunal de Sucesiones; si renuncian o no presentan dentro de los 30 días después de presentado el testamento, una persona que podría pedir cartas de administración con el testamento anexo. Solo una de estas personas puede actuar.

Tribunal o dónde presentar

El Tribunal de Sucesiones del condado donde vivía la persona fallecida. Si la persona no vivía en Nueva York, el condado donde están los bienes muebles.

Notario

Es una declaración jurada bajo juramento en el formulario oficial. Hacer una declaración jurada falsa es perjurio.

Papeles que se adjuntan
  • Copia certificada del acta de defunción
  • El testamento original, si hay uno (se presenta ante el Tribunal de Sucesiones)
  • Lista de los bienes muebles de la persona fallecida y su valor, y de las personas que heredan
Pasos
  1. Verifique que usted es la persona con derecho a actuar y que los bienes muebles son $50,000 o menos.
  2. Llene la declaración jurada de patrimonio pequeño y preséntela, con un acta de defunción certificada, ante el secretario del Tribunal de Sucesiones.
  3. El secretario la archiva y envía por correo un aviso a los demás herederos y beneficiarios.
  4. Obtenga un certificado corto del secretario y entréguelo a cada banco o empresa que tenga los bienes de la persona fallecida.
  5. Ponga todo el dinero que cobre en una cuenta bancaria del patrimonio en Nueva York, a nombre del patrimonio.
  6. Pague los gastos, los gastos funerarios razonables y las deudas en el orden que fija la ley, y luego entregue el resto a las personas que heredan.
  7. Presente ante el tribunal una declaración que enumere todo lo que cobró y pagó, con recibos o cheques cancelados.
Costo

La ley fija un cargo de $1 por presentar la declaración jurada (SCPA 1304(4)). No hay cargo por presentar la declaración de la cuenta final (SCPA 1307(2)). Las copias certificadas y los certificados pueden costar extra; pregunte al secretario.

Deudas y responsabilidad

El administrador voluntario debe rendir cuentas a los acreedores, herederos, beneficiarios y a cualquier albacea o administrador nombrado después, de la misma manera que cualquier fiduciario de un patrimonio. Quien a sabiendas haga una declaración jurada falsa para obtener los bienes puede ser procesado por perjurio. El administrador voluntario no recibe pago por este trabajo.

Lo que debe hacer el banco o la entidad

Cuando el administrador voluntario entrega el certificado corto del tribunal y un recibo (y entrega cualquier documento de propiedad, como una libreta de ahorros), el banco u otra persona que tenga los bienes queda completamente liberado de responsabilidad por lo que paga o entrega. Si se niega, el administrador voluntario puede demandar para recuperar los bienes, siempre que la reclamación más el resto del patrimonio estén dentro del límite de $50,000; una copia certificada de la declaración jurada es prueba de los hechos que contiene.

Ley: N.Y. Surr. Ct. Proc. Act secs. 1301-1312

Fuente: Página oficial

Qué cuenta para el límite en Nueva York

Sume el valor bruto de los bienes muebles del patrimonio de la persona fallecida. No reste las deudas. No incluya los bienes inmuebles, las cuentas conjuntas y las cuentas "in trust for" (en fideicomiso para), los bienes con un beneficiario designado, ni los artículos de la exención familiar apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.

Ley: N.Y. SCPA 1301, 1302; EPTL 5-3.1

En este estado el total se cuenta por su valor total, sin restar deudas.

Tipo de bienCómo se trataDetalles
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona
Se cuenta

Las cuentas bancarias solo a nombre de la persona fallecida, sin copropietario sobreviviente ni beneficiario de fideicomiso ("in trust for"), sí cuentan.

Ley: SCPA 1301(1)

Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD)
Se deja fuera

Una cuenta conjunta pagadera a cualquiera de los dos dueños o al sobreviviente pertenece al dueño sobreviviente. Una cuenta de fideicomiso ("in trust for" o Totten trust) pasa al beneficiario designado. No forman parte del patrimonio pequeño.

Ley: N.Y. Banking Law 675; EPTL 7-5.2

Autos y otros vehículos
Se cuenta

Un automóvil es un bien mueble y sí cuenta. Un automóvil que valga hasta $25,000 y que se aparte para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años no se incluye en el total.

Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a)(5)

Botes y casas móviles o prefabricadas
Se cuenta

Las embarcaciones y otros bienes muebles cuentan por su valor.

Ley: SCPA 1301(1)

Bienes inmuebles en Nueva York
Se deja fuera

Los bienes inmuebles no cuentan y no se pueden manejar con el procedimiento de patrimonio pequeño. Ser dueño de bienes inmuebles no le impide usarlo para los bienes muebles.

Ley: SCPA 1301(1), 1302

Casa principal (residencia primaria)
Se deja fuera

La vivienda de la persona fallecida (bien inmueble) no cuenta y no se maneja con el procedimiento de patrimonio pequeño.

Ley: SCPA 1302

Bienes inmuebles en otro estado
Se deja fuera

Los bienes inmuebles no cuentan.

Ley: SCPA 1301(1), 1302

Sueldos que se le debían a la persona
Se cuenta

Los sueldos sin pagar son dinero que se le debía a la persona fallecida y sí cuentan. Un empleador puede pagar hasta $30,000 al cónyuge, o hasta $15,000 a parientes cercanos después de 30 días, sin administración (SCPA 1310).

Ley: SCPA 1301(1), 1310

Pago militar que se le debía a la persona
No está claro

El Artículo 13 no dice cómo se trata el pago militar que se le debía a la persona fallecida.

Ley: SCPA 1301

Seguro de vida o jubilación pagado a una persona designada
Se deja fuera

Los seguros de vida, las pensiones y los beneficios de jubilación que se pagan a un beneficiario designado pertenecen al beneficiario y no forman parte del patrimonio.

Ley: EPTL 13-3.2

Seguro de vida o jubilación pagado al patrimonio
Se cuenta

El dinero de seguros o de jubilación pagadero al patrimonio de la persona fallecida sí cuenta.

Ley: SCPA 1301(1)

Bienes en un fideicomiso en vida
No está claro

El Artículo 13 no menciona los bienes que están en un fideicomiso en vida (living trust).

Ley: SCPA 1301

Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia
Se deja fuera

Los bienes en copropiedad con derecho de supervivencia, como una cuenta conjunta, van al dueño sobreviviente y no forman parte del patrimonio pequeño.

Ley: N.Y. Banking Law 675

Bienes que pasan al cónyuge sobreviviente
Se cuenta

Los bienes que van al cónyuge según el testamento o la ley de herencias sí cuentan. Solo se excluyen los artículos de la exención familiar apartados según EPTL 5-3.1(a): artículos del hogar hasta $20,000, libros y cuadros de la familia hasta $2,500, animales de granja y maquinaria hasta $20,000, un automóvil hasta $25,000, y dinero hasta $25,000 (reducido en algunos casos).

Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a)

Acciones, bonos y cuentas de corretaje
Se cuenta

Las acciones, los bonos y las cuentas de corretaje solo a nombre de la persona fallecida, sin beneficiario de transferencia al fallecer, sí cuentan.

Ley: SCPA 1301(1)

Muebles, joyas y otras pertenencias
Se cuenta

Las pertenencias cuentan por su valor, excepto los artículos del hogar y los libros y cuadros de la familia apartados para un cónyuge sobreviviente o para hijos menores de 21 años.

Ley: SCPA 1301(1); EPTL 5-3.1(a)(1)-(2)

Fuente: Página oficial

Preguntas sobre patrimonios pequeños en Nueva York

¿Cuánto tengo que esperar para usar la declaración jurada en Nueva York?

No hay período de espera. La declaración jurada se puede presentar en cualquier momento después del fallecimiento.

¿Cuánto cuesta la declaración jurada en Nueva York?

La ley fija un cargo de $1 por presentar la declaración jurada (SCPA 1304(4)). No hay cargo por presentar la declaración de la cuenta final (SCPA 1307(2)). Las copias certificadas y los certificados pueden costar extra; pregunte al secretario.

¿Soy responsable de las deudas si uso la declaración jurada en Nueva York?

El administrador voluntario debe rendir cuentas a los acreedores, herederos, beneficiarios y a cualquier albacea o administrador nombrado después, de la misma manera que cualquier fiduciario de un patrimonio.

Páginas relacionadas

Ayuda gratuita en Nueva York

Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.