Declaración jurada de patrimonio pequeño en el Distrito de Columbia: quién puede usarla y cómo
Si todo el patrimonio es pequeño y no tiene bienes inmuebles, quienes lo heredan pueden firmar una declaración jurada bajo juramento y entregarla a un banco, a un agente de transferencias, al DMV o a cualquier otra persona que tenga un bien. Quien tiene el bien debe pagarlo o entregarlo al 'sucesor designado' (designated successor) nombrado en la declaración jurada. No se presenta nada ante el tribunal.
Hasta $40,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025), 60 días después del fallecimiento, sin presentación ante un tribunal.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
Payment or delivery of small asset by affidavit (pago o entrega de un bien pequeño mediante declaración jurada; transferencias por declaración jurada)
Si todo el patrimonio es pequeño y no tiene bienes inmuebles, quienes lo heredan pueden firmar una declaración jurada bajo juramento y entregarla a un banco, a un agente de transferencias, al DMV o a cualquier otra persona que tenga un bien. Quien tiene el bien debe pagarlo o entregarlo al 'sucesor designado' (designated successor) nombrado en la declaración jurada. No se presenta nada ante el tribunal.
- Límite
Hasta $40,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025) Se cuenta después de restar los gravámenes (lo que se debe sobre los bienes).
Fecha del fallecimiento Límite A partir del 21 de marzo de 2025$40,000Para un fallecimiento del 21 de marzo de 2025 o después, todo el patrimonio sujeto a probate de la persona, menos los gravámenes, no debe valer más de $40,000 (y debe valer más que las deudas conocidas del patrimonio), sin bienes inmuebles.
- Qué se cuenta
El valor de todo el patrimonio sujeto a probate de la persona, esté donde esté, menos los gravámenes, a la fecha del fallecimiento. Debe ser mayor que las deudas conocidas del patrimonio pero no mayor de $40,000, y el patrimonio no puede incluir ningún interés en bienes inmuebles.
- Período de espera
Deben haber pasado al menos 60 días desde el fallecimiento, según lo muestre un acta de defunción certificada adjunta a la declaración jurada.
- Quién puede usarlo
Todos los sucesores conocidos (personas, que no sean acreedores, que heredan según el testamento o la ley) deben hacer la declaración jurada. Esta nombra a un 'sucesor designado' que recibe el bien y tiene el deber legal (fiduciario) de protegerlo y de pagar o entregar pronto la parte de cada sucesor. No puede haber pendiente ni concedida, en ningún lugar, una solicitud de representante personal.
- Tribunal o dónde presentar
No se presenta ante ningún tribunal. Usted la entrega a quien tiene el bien.
- Notario
El sucesor jura o afirma que todas las declaraciones son verdaderas bajo pena de perjurio.
- Papeles que se adjuntan
- Copia certificada del acta de defunción
- Declaración de que se han pagado los gastos del funeral
- Nombres y direcciones de todos los sucesores y la parte del bien a que tiene derecho cada uno
- Cualquier certificado de valores, entregado al agente de transferencias
- Pasos
- Espere al menos 60 días después del fallecimiento.
- Pague los gastos del funeral.
- Redacte una declaración jurada con todas las declaraciones que exige la ley, firmada por todos los sucesores conocidos, que nombre al sucesor designado.
- Adjunte un acta de defunción certificada y entregue la declaración jurada al banco, al agente de transferencias, al DMV o a otra persona que tenga el bien.
- El sucesor designado recibe el bien y pasa pronto la parte de cada sucesor.
- Costo
No hay cargo de presentación ante el tribunal porque la declaración jurada no se presenta ante el tribunal. El DMV cobra sus cargos normales por el título de un vehículo.
- Deudas y responsabilidad
El sucesor designado tiene el deber fiduciario de proteger el bien y de pagarlo o entregarlo pronto. Quien recibe un bien de esta manera debe rendir cuentas de él a cualquier representante personal que se nombre después o a otro sucesor con un derecho igual o mejor. Las declaraciones falsas son perjurio.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Quien tiene los bienes y recibe una declaración jurada correcta debe pagar o entregar el bien; los agentes de transferencias deben volver a registrar los valores y el DMV debe transferir el título de un vehículo. Quien tiene los bienes queda libre de responsabilidad como si hubiera tratado con un representante personal y no necesita verificar si la declaración jurada es verdadera. Si se niega, el bien puede recuperarse con daños y perjuicios ante el tribunal, y quien tiene los bienes y se niega sin causa razonable debe pagar los costos de los sucesores y los honorarios razonables de abogado; quien tiene los bienes debe probar la causa razonable.
Ley: D.C. Code secs. 20-360 to 20-362 (D.C. Law 25-302
Fuente: Página oficial
Qué cuenta para el límite en el Distrito de Columbia
Para un caso de patrimonio pequeño, sume el valor de los bienes de la persona fallecida sujetos a administración en D.C.: las cosas solo a nombre de la persona, incluidos los bienes inmuebles de D.C. y los vehículos. No reste las deudas (se pagan con el patrimonio). Los bienes que pasan a otra persona al fallecer no se cuentan. El procedimiento aparte de declaración jurada usa una prueba distinta: todo el patrimonio sujeto a probate menos los gravámenes, hasta $40,000, sin bienes inmuebles.
Ley: D.C. Code secs. 20-105, 20-351, 20-361
En este estado el total se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se cuenta | Las cuentas bancarias y de cooperativas de crédito solo a nombre de la persona cuentan. Ley: D.C. Code 20-351 |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | Las cuentas que pasan a un copropietario sobreviviente o a un beneficiario pagadero al fallecer no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Autos y otros vehículos | Se cuenta | Un vehículo solo a nombre de la persona cuenta por su valor (el tribunal acepta una cotización de intercambio en línea). Un vehículo con un beneficiario registrado en el DMV pasa fuera del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-351 |
Botes y casas móviles o prefabricadas | Se cuenta | Un bote u otros bienes muebles solo a nombre de la persona cuentan. Ley: D.C. Code 20-351 |
Bienes inmuebles en el Distrito de Columbia | Se cuenta | Los bienes inmuebles de D.C. a nombre de la persona cuentan para el límite de patrimonio pequeño. (Si hay bienes inmuebles, no se puede usar el procedimiento de declaración jurada.) Los bienes inmuebles con una escritura de transferencia al fallecer inscrita pasan al beneficiario. Ley: D.C. Code 20-105, 20-351, 20-361(a)(1) |
Casa principal (residencia primaria) | Se cuenta | La vivienda de la persona cuenta si estaba solo a su nombre y no tiene una escritura de transferencia al fallecer. Ley: D.C. Code 20-105, 20-351 |
Bienes inmuebles en otro estado | No está claro | El tribunal le pide que enumere los bienes inmuebles fuera de D.C. con su factura de avalúo de impuestos; pregunte a un especialista en patrimonios pequeños cómo afectan el límite. |
Sueldos que se le debían a la persona | Se cuenta | Los sueldos no pagados y otro dinero que se le deba a la persona son bienes del patrimonio y cuentan. Ley: D.C. Code 20-351, 20-360(3) |
Pago militar que se le debía a la persona | No está claro | Pregunte a los especialistas en patrimonios pequeños de la División de Sucesiones cómo anotar el pago militar que se le deba a la persona. Ley: D.C. Code 20-351 |
Seguro de vida o jubilación pagado a una persona designada | Se deja fuera | El seguro de vida y los beneficios de jubilación que se pagan a un beneficiario designado pasan a esa persona y no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Seguro de vida o jubilación pagado al patrimonio | Se cuenta | El dinero de seguros o de jubilación pagadero al patrimonio cuenta. El tribunal pide estados de cuenta de las cuentas de jubilación. Ley: D.C. Code 20-351 |
Bienes en un fideicomiso en vida | Se deja fuera | Los bienes que están en un fideicomiso pasan según el fideicomiso y no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia | Se deja fuera | Los bienes que pasan a un copropietario sobreviviente no forman parte del patrimonio, aunque el tribunal le pide que enumere los bienes en copropiedad. Ley: D.C. Code 20-105 |
Bienes que pasan al cónyuge sobreviviente | Se cuenta | Los bienes solo a nombre de la persona cuentan aunque vayan al cónyuge o a la pareja doméstica; D.C. no tiene un límite más alto aparte para el cónyuge. Ley: D.C. Code 20-351 |
Acciones, bonos y cuentas de corretaje | Se cuenta | Las acciones y los bonos solo a nombre de la persona cuentan. Los valores registrados con transferencia al fallecer pasan al beneficiario. Ley: D.C. Code 20-351, 19-603.01 et seq |
Muebles, joyas y otras pertenencias | Se cuenta | Los muebles, las joyas y otras pertenencias cuentan por su valor. Ley: D.C. Code 20-351 |
Fuente: Página oficial
Preguntas sobre patrimonios pequeños en el Distrito de Columbia
¿Cuánto tengo que esperar para usar la declaración jurada en el Distrito de Columbia?
Deben haber pasado al menos 60 días desde el fallecimiento, según lo muestre un acta de defunción certificada adjunta a la declaración jurada.
¿Cuánto cuesta la declaración jurada en el Distrito de Columbia?
No hay cargo de presentación ante el tribunal porque la declaración jurada no se presenta ante el tribunal. El DMV cobra sus cargos normales por el título de un vehículo.
¿Soy responsable de las deudas si uso la declaración jurada en el Distrito de Columbia?
El sucesor designado tiene el deber fiduciario de proteger el bien y de pagarlo o entregarlo pronto. Quien recibe un bien de esta manera debe rendir cuentas de él a cualquier representante personal que se nombre después o a otro sucesor con un derecho igual o mejor.
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Ayuda gratuita en el Distrito de Columbia
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- D.C. Superior Court Probate Self-Help Center (centro de ayuda legal de sucesiones del Tribunal Superior de D.C.; ayuda gratuita con los formularios) · 202-879-9460
- D.C. Courts: Small Estates (Tribunales de D.C.: patrimonios pequeños)
- D.C. Courts: Probate Division (División de Sucesiones; Self-Help Center, centro de ayuda legal, Room 318)
- DC DMV: Vehicle acquired through death of owner (vehículo adquirido por el fallecimiento del dueño)
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372