Cómo resolver un patrimonio pequeño en el Distrito de Columbia sin probate
En el Distrito de Columbia se llama: Procedimiento de patrimonio pequeño (small estate proceeding; Petition for Administration of Small Estate, petición para la administración de un patrimonio pequeño, SEB) ante la División de Sucesiones (Probate Division) del Tribunal Superior de D.C.; transferencia de bienes pequeños mediante declaración jurada (affidavit). Si la persona falleció el 21 de marzo de 2025 o después, y sus bienes en D.C. valen $80,000 o menos, se puede abrir un caso corto ante el tribunal, llamado patrimonio pequeño (small estate, SEB), en la División de Sucesiones del Tribunal Superior de D.C. (D.C. Superior Court Probate Division), para nombrar a un representante personal, pagar las cuentas y distribuir lo que quede.
Hasta $40,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025), 60 días después del fallecimiento, sin presentación ante un tribunal.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
¿No se trata de un patrimonio pequeño? Dinero sin reclamar → Owed Map · Cobradores de deudas → Debt Collector Map · Otros problemas → robinclaim.com
Herramientas gratuitas
Calculadora de patrimonio pequeño
Sume el patrimonio y compárelo con el límite de el Distrito de Columbia para la fecha del fallecimiento.
Carta al banco
Presente su declaración jurada firmada a un banco u otra entidad en el Distrito de Columbia.
Carta para pedir el saldo
Pida a un banco o entidad el saldo a la fecha del fallecimiento.
Lista de documentos
Papeles, pasos, formularios y costos en el Distrito de Columbia, por procedimiento.
Auto, banco y casa en el Distrito de Columbia
Auto u otro vehículo
Un copropietario sobreviviente obtiene un título nuevo presentando el título a nombre de ambos y un acta de defunción autenticada (sin impuesto de consumo).
Cuentas bancarias
Las cuentas con un copropietario sobreviviente o con un beneficiario pagadero al fallecer pasan a esa persona. Para una cuenta solo a nombre de la persona fallecida, los sucesores pueden usar la declaración jurada de bien pequeño (60 días después del fallecimiento, todo el patrimonio de $40,000 o menos después de los gravámenes, sin bienes inmuebles); un banco que se niega sin causa razonable a una declaración jurada correcta debe pagar los costos y honorarios de abogado de los sucesores.
Casa o terreno
Un dueño de D.C. puede transferir bienes inmuebles a beneficiarios al fallecer con una escritura de transferencia al fallecer (transfer on death deed).
Páginas relacionadas
- Declaración jurada de patrimonio pequeño en el Distrito de Columbia
- Título del auto tras un fallecimiento en el Distrito de Columbia
- Cuentas bancarias tras un fallecimiento en el Distrito de Columbia
- Casa sin probate en el Distrito de Columbia
- Calculadora de patrimonio pequeño de el Distrito de Columbia
- Carta al banco en el Distrito de Columbia
- Carta para pedir el saldo en el Distrito de Columbia
- Lista de documentos de el Distrito de Columbia
- Todo sobre patrimonios pequeños en el Distrito de Columbia
Administration of a Small Estate (administración de un patrimonio pequeño; Petition for Administration of Small Estate, SEB)
Un caso de probate simplificado que se presenta ante la División de Sucesiones del Tribunal Superior de D.C. Un especialista en patrimonios pequeños revisa los papeles, un juez nombra a un representante personal y una orden final dice quién recibe cada bien. El tribunal dice que estos casos por lo general no tardan más de 120 días desde la presentación hasta la orden final.
- Límite
Hasta $80,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025) Se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
Fecha del fallecimiento Límite A partir del 21 de marzo de 2025$80,000Del 27 de abril de 2001 al 20 de marzo de 2025$40,000Del 1 de julio de 1995 al 26 de abril de 2001$15,000Del 1 de enero de 1981 al 30 de junio de 1995$10,000Para un fallecimiento del 21 de marzo de 2025 o después, los bienes deben valer $80,000 o menos. Para fallecimientos del 27 de abril de 2001 al 20 de marzo de 2025, el límite es de $40,000; del 1 de julio de 1995 al 26 de abril de 2001, $15,000; y del 1 de enero de 1981 al 30 de junio de 1995, $10,000.
- Qué se cuenta
El valor de todos los bienes de la persona fallecida sujetos a administración en D.C., como cuentas, acciones, vehículos, cheques sin cobrar y bienes inmuebles de D.C. a nombre de la persona. Los bienes que pasan a otra persona al fallecer (bienes en copropiedad, pagaderos al fallecer, con beneficiario o con transferencia al fallecer) no forman parte del patrimonio.
- Período de espera
La ley no fija un período de espera para presentar la petición. Si el tribunal ordena una publicación, los acreedores y los herederos desconocidos tienen 30 días desde el aviso único en el periódico para presentar reclamos u objeciones antes de que el tribunal emita su orden final.
- Quién puede usarlo
Cualquier persona que pueda ser representante personal, en este orden de prioridad: el representante personal nombrado en el testamento; el cónyuge sobreviviente, la pareja doméstica o los hijos (sin testamento) o el cónyuge sobreviviente o la pareja doméstica (con testamento); el legatario del remanente; los hijos de una persona con testamento; los nietos; los padres; los hermanos; los parientes más cercanos; otros parientes; el mayor acreedor; cualquier otra persona. El peticionario debe tener 18 años o más y ser ciudadano de EE. UU. o residente permanente legal; un peticionario que viva fuera de D.C. debe presentar un poder notarial irrevocable que nombre al Register of Wills para recibir notificaciones.
- Tribunal o dónde presentar
D.C. Superior Court, Probate Division (Register of Wills; registro de testamentos), Legal Branch, especialistas en patrimonios pequeños, 515 5th Street NW, Room 314, Washington, DC 20001.
- Notario
La petición se verifica: usted declara bajo pena que su contenido es verdadero. Lleve una identificación con foto que tenga su firma.
- Papeles que se adjuntan
- El testamento de la persona, si lo hay, y el Certificate of Filing Will (certificado de presentación del testamento)
- Identificación con foto y firma de cada peticionario
- Acta de defunción
- Facturas y recibos del funeral o de la cremación
- Lista escrita de todos los bienes que la persona era dueña o copropietaria al fallecer, con estados de cuenta actuales de las cuentas bancarias y de cooperativas de crédito, las acciones, los bonos y las cuentas de jubilación
- Título del vehículo (o tarjeta de registro) y confirmación escrita del valor del vehículo (se acepta una cotización de intercambio en línea)
- Facturas de avalúo del impuesto a la propiedad de cualquier bien inmueble fuera de D.C.
- Cheques sin cobrar pagaderos a la persona, y una carta de la D.C. Unclaimed Property Unit (Unidad de Bienes No Reclamados de D.C.) que indique cualquier valor que tenga
- Nombres y direcciones de todos los herederos y, si hay testamento, de todos los legatarios
- Pasos
- Reúna los documentos de la lista de verificación del tribunal.
- Llene la Petition for Administration of Small Estate.
- Lleve la petición, los documentos y los costos del tribunal a la Legal Branch de la División de Sucesiones, Room 314, 515 5th Street NW. Un especialista en patrimonios pequeños los revisa; las peticiones incompletas se devuelven con una lista de lo que falta.
- El especialista prepara una orden para el juez. Puede nombrarlo a usted y ordenar una publicación o una Verification of Assets (verificación de bienes), o puede ser una orden final.
- Si se ordena una publicación, pague por adelantado al periódico; el aviso se publica una vez y da a los acreedores y a los herederos desconocidos 30 días. Presente la prueba de la publicación.
- Siga la orden final: cobre los bienes, pague las deudas que enumera y distribuya pronto el resto a las personas que nombra.
- Costo
Los costos del tribunal dependen del valor de los bienes: menos de $500, sin costo; $500 a $2,500, $15; $2,500.01 a $15,000, $50; $15,000.01 a $25,000, $100; $25,000.01 a $50,000, $150; $50,000.01 a $75,000, $250; $75,000.01 a $100,000, $350. Pague con cheque o giro postal a nombre de 'Register of Wills', o en efectivo. La publicación en el periódico, si se ordena, se paga aparte según las tarifas del periódico.
- Si no puede pagar
La División de Sucesiones no cobra costos del tribunal a un patrimonio mientras el representante personal sea una persona a quien el tribunal haya concedido una exención de cargos, ni después de que se cierre el patrimonio.
- Deudas y responsabilidad
El representante personal de un patrimonio pequeño no necesita un abogado, no presta fianza y no recibe una comisión. El representante personal debe mantener separado el dinero del patrimonio, llevar registros, y pagar las deudas y distribuir solo como indique la orden final del tribunal.
- Formularios
- Petition for Administration of Small Estate (petición para la administración de un patrimonio pequeño; SEB)
- General Instructions for Completing a Petition for Administration of Small Estate (instrucciones generales para llenar una petición para la administración de un patrimonio pequeño)
- Verification of Assets (verificación de bienes; SEB)
Ley: D.C. Code secs. 20-351 to 20-356, 20-303; D.C. Law 25-302
Fuente: Página oficial
Payment or delivery of small asset by affidavit (pago o entrega de un bien pequeño mediante declaración jurada; transferencias por declaración jurada)
Si todo el patrimonio es pequeño y no tiene bienes inmuebles, quienes lo heredan pueden firmar una declaración jurada bajo juramento y entregarla a un banco, a un agente de transferencias, al DMV o a cualquier otra persona que tenga un bien. Quien tiene el bien debe pagarlo o entregarlo al 'sucesor designado' (designated successor) nombrado en la declaración jurada. No se presenta nada ante el tribunal.
- Límite
Hasta $40,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025) Se cuenta después de restar los gravámenes (lo que se debe sobre los bienes).
Fecha del fallecimiento Límite A partir del 21 de marzo de 2025$40,000Para un fallecimiento del 21 de marzo de 2025 o después, todo el patrimonio sujeto a probate de la persona, menos los gravámenes, no debe valer más de $40,000 (y debe valer más que las deudas conocidas del patrimonio), sin bienes inmuebles.
- Qué se cuenta
El valor de todo el patrimonio sujeto a probate de la persona, esté donde esté, menos los gravámenes, a la fecha del fallecimiento. Debe ser mayor que las deudas conocidas del patrimonio pero no mayor de $40,000, y el patrimonio no puede incluir ningún interés en bienes inmuebles.
- Período de espera
Deben haber pasado al menos 60 días desde el fallecimiento, según lo muestre un acta de defunción certificada adjunta a la declaración jurada.
- Quién puede usarlo
Todos los sucesores conocidos (personas, que no sean acreedores, que heredan según el testamento o la ley) deben hacer la declaración jurada. Esta nombra a un 'sucesor designado' que recibe el bien y tiene el deber legal (fiduciario) de protegerlo y de pagar o entregar pronto la parte de cada sucesor. No puede haber pendiente ni concedida, en ningún lugar, una solicitud de representante personal.
- Tribunal o dónde presentar
No se presenta ante ningún tribunal. Usted la entrega a quien tiene el bien.
- Notario
El sucesor jura o afirma que todas las declaraciones son verdaderas bajo pena de perjurio.
- Papeles que se adjuntan
- Copia certificada del acta de defunción
- Declaración de que se han pagado los gastos del funeral
- Nombres y direcciones de todos los sucesores y la parte del bien a que tiene derecho cada uno
- Cualquier certificado de valores, entregado al agente de transferencias
- Pasos
- Espere al menos 60 días después del fallecimiento.
- Pague los gastos del funeral.
- Redacte una declaración jurada con todas las declaraciones que exige la ley, firmada por todos los sucesores conocidos, que nombre al sucesor designado.
- Adjunte un acta de defunción certificada y entregue la declaración jurada al banco, al agente de transferencias, al DMV o a otra persona que tenga el bien.
- El sucesor designado recibe el bien y pasa pronto la parte de cada sucesor.
- Costo
No hay cargo de presentación ante el tribunal porque la declaración jurada no se presenta ante el tribunal. El DMV cobra sus cargos normales por el título de un vehículo.
- Deudas y responsabilidad
El sucesor designado tiene el deber fiduciario de proteger el bien y de pagarlo o entregarlo pronto. Quien recibe un bien de esta manera debe rendir cuentas de él a cualquier representante personal que se nombre después o a otro sucesor con un derecho igual o mejor. Las declaraciones falsas son perjurio.
- Lo que debe hacer el banco o la entidad
Quien tiene los bienes y recibe una declaración jurada correcta debe pagar o entregar el bien; los agentes de transferencias deben volver a registrar los valores y el DMV debe transferir el título de un vehículo. Quien tiene los bienes queda libre de responsabilidad como si hubiera tratado con un representante personal y no necesita verificar si la declaración jurada es verdadera. Si se niega, el bien puede recuperarse con daños y perjuicios ante el tribunal, y quien tiene los bienes y se niega sin causa razonable debe pagar los costos de los sucesores y los honorarios razonables de abogado; quien tiene los bienes debe probar la causa razonable.
Ley: D.C. Code secs. 20-360 to 20-362 (D.C. Law 25-302
Fuente: Página oficial
Qué cuenta para el límite en el Distrito de Columbia
Para un caso de patrimonio pequeño, sume el valor de los bienes de la persona fallecida sujetos a administración en D.C.: las cosas solo a nombre de la persona, incluidos los bienes inmuebles de D.C. y los vehículos. No reste las deudas (se pagan con el patrimonio). Los bienes que pasan a otra persona al fallecer no se cuentan. El procedimiento aparte de declaración jurada usa una prueba distinta: todo el patrimonio sujeto a probate menos los gravámenes, hasta $40,000, sin bienes inmuebles.
Ley: D.C. Code secs. 20-105, 20-351, 20-361
En este estado el total se cuenta por su valor total, sin restar deudas.
| Tipo de bien | Cómo se trata | Detalles |
|---|---|---|
Cuentas bancarias solo a nombre de la persona | Se cuenta | Las cuentas bancarias y de cooperativas de crédito solo a nombre de la persona cuentan. Ley: D.C. Code 20-351 |
Cuentas bancarias conjuntas o con beneficiario (POD) | Se deja fuera | Las cuentas que pasan a un copropietario sobreviviente o a un beneficiario pagadero al fallecer no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Autos y otros vehículos | Se cuenta | Un vehículo solo a nombre de la persona cuenta por su valor (el tribunal acepta una cotización de intercambio en línea). Un vehículo con un beneficiario registrado en el DMV pasa fuera del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-351 |
Botes y casas móviles o prefabricadas | Se cuenta | Un bote u otros bienes muebles solo a nombre de la persona cuentan. Ley: D.C. Code 20-351 |
Bienes inmuebles en el Distrito de Columbia | Se cuenta | Los bienes inmuebles de D.C. a nombre de la persona cuentan para el límite de patrimonio pequeño. (Si hay bienes inmuebles, no se puede usar el procedimiento de declaración jurada.) Los bienes inmuebles con una escritura de transferencia al fallecer inscrita pasan al beneficiario. Ley: D.C. Code 20-105, 20-351, 20-361(a)(1) |
Casa principal (residencia primaria) | Se cuenta | La vivienda de la persona cuenta si estaba solo a su nombre y no tiene una escritura de transferencia al fallecer. Ley: D.C. Code 20-105, 20-351 |
Bienes inmuebles en otro estado | No está claro | El tribunal le pide que enumere los bienes inmuebles fuera de D.C. con su factura de avalúo de impuestos; pregunte a un especialista en patrimonios pequeños cómo afectan el límite. |
Sueldos que se le debían a la persona | Se cuenta | Los sueldos no pagados y otro dinero que se le deba a la persona son bienes del patrimonio y cuentan. Ley: D.C. Code 20-351, 20-360(3) |
Pago militar que se le debía a la persona | No está claro | Pregunte a los especialistas en patrimonios pequeños de la División de Sucesiones cómo anotar el pago militar que se le deba a la persona. Ley: D.C. Code 20-351 |
Seguro de vida o jubilación pagado a una persona designada | Se deja fuera | El seguro de vida y los beneficios de jubilación que se pagan a un beneficiario designado pasan a esa persona y no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Seguro de vida o jubilación pagado al patrimonio | Se cuenta | El dinero de seguros o de jubilación pagadero al patrimonio cuenta. El tribunal pide estados de cuenta de las cuentas de jubilación. Ley: D.C. Code 20-351 |
Bienes en un fideicomiso en vida | Se deja fuera | Los bienes que están en un fideicomiso pasan según el fideicomiso y no forman parte del patrimonio. Ley: D.C. Code 20-105 |
Bienes en propiedad conjunta con derecho de supervivencia | Se deja fuera | Los bienes que pasan a un copropietario sobreviviente no forman parte del patrimonio, aunque el tribunal le pide que enumere los bienes en copropiedad. Ley: D.C. Code 20-105 |
Bienes que pasan al cónyuge sobreviviente | Se cuenta | Los bienes solo a nombre de la persona cuentan aunque vayan al cónyuge o a la pareja doméstica; D.C. no tiene un límite más alto aparte para el cónyuge. Ley: D.C. Code 20-351 |
Acciones, bonos y cuentas de corretaje | Se cuenta | Las acciones y los bonos solo a nombre de la persona cuentan. Los valores registrados con transferencia al fallecer pasan al beneficiario. Ley: D.C. Code 20-351, 19-603.01 et seq |
Muebles, joyas y otras pertenencias | Se cuenta | Los muebles, las joyas y otras pertenencias cuentan por su valor. Ley: D.C. Code 20-351 |
Fuente: Página oficial
Título de un auto o vehículo después de un fallecimiento en el Distrito de Columbia
Un copropietario sobreviviente obtiene un título nuevo presentando el título a nombre de ambos y un acta de defunción autenticada (sin impuesto de consumo). Para un vehículo que era solo de la persona fallecida, DC DMV necesita una cesión del título por el representante personal y una copia autenticada de las cartas de administración (letters) o de la orden de patrimonio pequeño que enumere el vehículo, además de una solicitud de título del DMV y el acta de defunción original. Para fallecimientos del 21 de marzo de 2025 o después, el DMV también debe transferir el título de un vehículo al sucesor designado nombrado en una declaración jurada de bien pequeño correcta, al pagarse los cargos.
Ley: D.C. Code secs. 20-361(d), 20-351
- Agencia
- District of Columbia Department of Motor Vehicles (DC DMV, Departamento de Vehículos Motorizados del Distrito de Columbia)
- Costo
Se aplican los cargos de DC DMV por el título. El título nuevo de un copropietario sobreviviente está exento del impuesto de consumo; otras exenciones del impuesto de consumo se enumeran en la tabla de exenciones del DMV.
- Título con transferencia al fallecer
Un dueño individual puede agregar un beneficiario al título de DC (Beneficiary Designation to Certificate of Title Application, solicitud de designación de beneficiario en el certificado de título). Después del fallecimiento del dueño, el beneficiario lleva el acta de defunción, su identificación y el cargo a un centro de servicio del DMV; no se necesitan cartas de administración (letters of administration), y un testamento no anula la designación. Primero debe pagarse el gravamen o aprobarse la transferencia.
Fuente: Página oficial
Cuentas bancarias después de un fallecimiento en el Distrito de Columbia
Las cuentas con un copropietario sobreviviente o con un beneficiario pagadero al fallecer pasan a esa persona. Para una cuenta solo a nombre de la persona fallecida, los sucesores pueden usar la declaración jurada de bien pequeño (60 días después del fallecimiento, todo el patrimonio de $40,000 o menos después de los gravámenes, sin bienes inmuebles); un banco que se niega sin causa razonable a una declaración jurada correcta debe pagar los costos y honorarios de abogado de los sucesores. De lo contrario, un representante personal nombrado en un caso de patrimonio pequeño o de probate regular la cobra.
Ley: D.C. Code secs. 20-361, 20-362, 20-351
Fuente: Página oficial
Transferencia al fallecer (TOD) y pago al fallecer (POD) en el Distrito de Columbia
- Bienes inmuebles (escritura TOD)
Sí · Transfer on death deed (escritura de transferencia al fallecer; Uniform Real Property Transfer on Death Act, Ley Uniforme de Transferencia de Bienes Inmuebles al Fallecer)
Un dueño de D.C. puede transferir bienes inmuebles a beneficiarios al fallecer con una escritura de transferencia al fallecer (transfer on death deed). Debe tener los elementos de una escritura inscribible, declarar que la transferencia ocurre al fallecer el dueño e inscribirse ante el Recorder of Deeds (registrador de escrituras) antes de que muera el dueño. No necesita aviso, entrega ni aceptación del beneficiario ni ningún pago, y se puede revocar.
Ley: D.C. Code secs. 19-604.01 et seq. (D.C. Law 19-230)
- Título de vehículo (TOD)
Sí
- Valores (TOD)
Sí
Ley: D.C. Code secs. 19-603.01 et seq
Fuente: Página oficial
Cónyuge sobreviviente en el Distrito de Columbia
El cónyuge sobreviviente o la pareja doméstica tiene la máxima prioridad (junto con los hijos, si no hay testamento) para ser representante personal de un patrimonio pequeño. En un patrimonio, la ley de D.C. da al cónyuge sobreviviente o a la pareja doméstica una asignación de vivienda (homestead allowance) de $30,000 y bienes exentos de hasta $20,000 (muebles del hogar, automóviles, mobiliario, aparatos y efectos personales, por encima de cualquier garantía), y al cónyuge o la pareja y a los hijos dependientes una asignación familiar razonable, que el representante personal puede pagar en una suma global de hasta $30,000. Estos montos se aumentaron por la D.C. Law 25-302 para fallecimientos del 21 de marzo de 2025 o después. Si no hay cónyuge ni pareja, los hijos comparten la asignación de bienes exentos, a menos que un testamento no les deje nada.
Deudas de la persona en el Distrito de Columbia
En un patrimonio pequeño, el tribunal primero ordena el pago de los gastos permitidos del funeral y de cualquier asignación familiar. Si quedan bienes, se publica un aviso una vez y los acreedores tienen 30 días para presentar reclamos; luego el tribunal ordena el pago de los reclamos correctos y la distribución del patrimonio neto. Quien recibe un bien mediante la declaración jurada de bien pequeño debe rendir cuentas de él a un representante personal que se nombre después.
Recuperación de Medicaid en el Distrito de Columbia
DHCF debe pedir a los patrimonios de las personas que recibieron Medicaid a los 55 años o más que reembolsen lo que pagó Medicaid (no las primas de Medicare ni la participación en los costos de servicios del 1 de enero de 2010 o después). El patrimonio significa los bienes muebles e inmuebles, incluida una vivienda, que no pasan a otra persona al fallecer. DHCF envía un Notice of Proposed Recovery (aviso de recuperación propuesta) y coloca un gravamen sobre el patrimonio, a menos que se aplique una exención: no hará valer el gravamen mientras el cónyuge sobreviviente, un hijo menor de 21 años o un hijo ciego o discapacitado viva en la vivienda. Renuncia a su reclamo o lo reduce por dificultad indebida (por ejemplo, la pérdida de una vivienda con negocio familiar que es el único ingreso de los herederos, o dejar a un heredero sin vivienda). Las solicitudes de exención y de dificultad deben presentarse dentro de 30 días naturales después de recibir el aviso.
Ley: DHCF Medicaid Estate Recovery Fact Sheet (Aug. 19, 2015)
- Agencia
- D.C. Department of Health Care Finance (DHCF, Departamento de Financiamiento de la Atención Médica de D.C.), Health Care Operations Administration, Third Party Liability Division (División de Responsabilidad de Terceros)
- Teléfono
- 202-698-2000
- Página oficial
- Página oficial
Quién hereda si no hay testamento en el Distrito de Columbia
Si no hay testamento: el cónyuge sobreviviente o la pareja doméstica recibe todo si la persona no dejó descendientes ni padres. Si no hay descendientes pero sobrevive un padre, el cónyuge recibe tres cuartas partes. Si todos los descendientes también son del cónyuge y el cónyuge no tiene otros descendientes, el cónyuge recibe dos terceras partes; si alguno de los dos tiene descendientes de otra relación, el cónyuge recibe la mitad. El resto va a los hijos por partes iguales (los nietos toman la parte de un hijo fallecido), luego a los padres, luego a los hermanos y sus descendientes, luego a parientes más lejanos.
Ley: D.C. Code secs. 19-302, 19-305 to 19-310
Fuente: Página oficial
Actas de defunción en el Distrito de Columbia
Cada solicitud debe ir acompañada de una copia de una identificación con foto emitida por el gobierno. La línea de información grabada sobre los cargos vigentes es (202) 442-9303.
- Dónde obtenerla
- DC Health (Departamento de Salud de D.C.), Vital Records Division (División de Registros Vitales), 2201 Shannon Place SE, Washington, DC 20020
- Página oficial
- Página oficial
Dónde presentar en el Distrito de Columbia
La petición de patrimonio pequeño (SEB) se presenta en persona ante la Legal Branch de la División de Sucesiones del Tribunal Superior de D.C., Room 314, 515 5th Street NW, Washington, DC 20001; las preguntas se dirigen al 202-879-9460 o al Live Chat (chat en vivo) del tribunal. La declaración jurada de bien pequeño no se presenta en ningún lugar; va directamente al banco, al agente de transferencias, al DMV o a otra persona que tenga el bien. Una escritura de transferencia al fallecer debe inscribirse ante el Recorder of Deeds antes de que muera el dueño.
Bueno saber en el Distrito de Columbia
- D.C. duplicó su límite de patrimonio pequeño a $80,000 para fallecimientos del 21 de marzo de 2025 o después.
- Para fallecimientos del 21 de marzo de 2025 o después, D.C. permite que los sucesores cobren bienes que no sean inmuebles mediante declaración jurada cuando todo el patrimonio es de $40,000 o menos después de los gravámenes, 60 días después del fallecimiento; quien tiene los bienes y se niega sin causa razonable paga los honorarios de abogado de los sucesores.
- En un caso de patrimonio pequeño, el representante personal no necesita un abogado y no presta fianza.
Cambios de 2024 a 2026
D.C. Law 25-302 (Strengthening Probate Administration Amendment Act of 2024), vigente desde el 21 de marzo de 2025 y aplicable a fallecimientos del 21 de marzo de 2025 o después (cláusula de aplicabilidad agregada por la D.C. Law 26-188): el límite de patrimonio pequeño aumentó de $40,000 a $80,000; nueva transferencia de bienes pequeños mediante declaración jurada; la asignación de vivienda (homestead allowance) aumentó a $30,000, los bienes exentos a $20,000 y la asignación familiar en suma global a $30,000; la publicación de avisos de probate se redujo de 3 semanas a 2; se aumentaron las asignaciones para gastos del funeral; no se cobran costos del tribunal mientras una persona con exención de cargos sea el representante personal. La D.C. Law 26-188, vigente desde el 2 de octubre de 2026, eliminó el requisito de la declaración jurada de que cualquier testamento se admita primero a probate.
Ley: D.C. Code 20-360 a 20-362, hasta $40,000 netos, sin bienes inmuebles, espera de 60 días; D.C. Code 20-361(a)(4) derogado
Reglas nacionales que se aplican en todos los estados
Impuesto federal sobre el patrimonio
- Para una persona que falleció en 2026, solo se exige una declaración de impuesto federal sobre el patrimonio (Form 706) si el patrimonio bruto, más ciertos regalos gravables hechos en vida, es de más de $15,000,000.
- La mayoría de los patrimonios no deben impuesto federal sobre el patrimonio y no necesitan presentar una declaración de impuesto federal sobre el patrimonio.
Ley: 26 U.S.C. 2010(c)(3) (as amended by Pub. L. 119-21)
La declaración final de impuestos
- Declare todos los ingresos hasta la fecha del fallecimiento y reclame todos los créditos y deducciones que correspondan.
- Alguien debe presentar la declaración final de impuestos federales sobre los ingresos de la persona fallecida, de la misma manera en que se habría presentado si estuviera viva.
- Para reclamar un reembolso que se le debía a la persona fallecida, adjunte el Form 1310 (Statement of Person Claiming Refund Due a Deceased Taxpayer, declaración de la persona que reclama el reembolso debido a un contribuyente fallecido).
Ley: Form 1310 instructions (Rev. December 2025)
Seguro Social
- Los beneficios de jubilación del Seguro Social (Social Security) se pagan hasta el mes anterior al mes en que falleció la persona.
- Si la persona tenía suficientes créditos de trabajo del Seguro Social (estaba asegurada por completo o en forma vigente), se puede pagar un pago único por fallecimiento de $255 (o tres veces el beneficio básico de la persona, si esa cantidad es menor) a un cónyuge sobreviviente que vivía con la persona.
Ley: 42 U.S.C. 402(a), 402(i)
Bonos de ahorro
- Si los bonos de ahorro de la persona y otros valores del Tesoro que se tienen directamente con el Tesoro valen más de $100,000 a la fecha del fallecimiento, el Tesoro exige un patrimonio administrado por un tribunal.
Ley: 31 CFR 353.71; FS Form 5336 (Rev. April 2026)
Deudas
- Las deudas generalmente se pagan con el dinero y los bienes que dejó la persona (el patrimonio).
- Si el patrimonio no puede pagar una deuda y nadie más compartía la responsabilidad de pagarla, es posible que la deuda quede sin pagar.
- Es posible que usted tenga que pagar si firmó como codeudor del préstamo, si era titular conjunto de una cuenta de tarjeta de crédito (y no solo usuario autorizado), o si la ley estatal hace responsable al cónyuge de ciertas deudas, como en los estados de bienes gananciales (community property) o en los estados con leyes sobre gastos necesarios como la atención médica.
Ley: 12 CFR 1006.6(a)(4)
Una casa con hipoteca
- Para una vivienda con menos de cinco unidades, un prestamista no puede declarar vencido todo el préstamo solo porque la vivienda pasa a un pariente después del fallecimiento del prestatario, a un cónyuge o a hijos que se convierten en dueños, o a un copropietario sobreviviente.
- Https://www.consumerfinance.gov/ask-cfpb/how-do-i-get-mortgage-information-about-a-home-i-inherited-en-217/
- Https://www.consumerfinance.gov/ask-cfpb/i-recently-inherited-a-house-the-mortgage-lender-said-its-required-to-determine-my-ability-to-repay-before-it-will-let-me-take-over-the-mortgage-loan-is-this-true-en-1939/
Ley: 12 U.S.C. 1701j-3(d)(3), (5), (6); 12 CFR 1024.30(d), 1024.31
Seguro FDIC de las cuentas bancarias
- Después de que muere el dueño de un depósito, el seguro de la FDIC sobre la cuenta se mantiene igual durante seis meses, a menos que la cuenta se reestructure.
Ley: 12 CFR 330.3(j)
Recuperación de Medicaid
- Los estados deben tratar de recuperar del patrimonio algunos costos de Medicaid de una persona que recibió beneficios a los 55 años o más: servicios en centros de enfermería, servicios en el hogar y la comunidad, y servicios relacionados de hospital y de medicamentos recetados.
- El 'patrimonio' (estate) incluye por lo menos los bienes del patrimonio de probate de la persona según la ley estatal.
- Https://www.govinfo.gov/link/uscode/42/1396p?type=usc&year=mostrecent&link-type=html
Ley: 42 U.S.C. 1396p(b)
Actas de defunción
- Las copias certificadas de un acta de defunción provienen de la oficina de registros vitales del estado donde ocurrió el fallecimiento, no del gobierno federal.
Ayuda gratuita en el Distrito de Columbia
Un centro de ayuda legal del tribunal o una oficina de ayuda legal puede revisar si el patrimonio califica, gratis o a bajo costo.
- D.C. Superior Court Probate Self-Help Center (centro de ayuda legal de sucesiones del Tribunal Superior de D.C.; ayuda gratuita con los formularios) · 202-879-9460
- D.C. Courts: Small Estates (Tribunales de D.C.: patrimonios pequeños)
- D.C. Courts: Probate Division (División de Sucesiones; Self-Help Center, centro de ayuda legal, Room 318)
- DC DMV: Vehicle acquired through death of owner (vehículo adquirido por el fallecimiento del dueño)
- LawHelp.org
- Legal Services Corporation (LSC, Corporación de Servicios Legales) - Find legal aid (encuentre asistencia legal gratuita)
- Eldercare Locator (localizador de servicios para personas mayores) · 1-800-677-1116
- Consumer Financial Protection Bureau (Oficina para la Protección Financiera del Consumidor; quejas sobre cobro de deudas e hipotecas) · (855) 411-2372
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Preguntas sobre patrimonios pequeños en el Distrito de Columbia
¿Cómo se llama la declaración jurada de patrimonio pequeño en el Distrito de Columbia?
En el Distrito de Columbia se llama: Procedimiento de patrimonio pequeño (small estate proceeding; Petition for Administration of Small Estate, petición para la administración de un patrimonio pequeño, SEB) ante la División de Sucesiones (Probate Division) del Tribunal Superior de D.C.; transferencia de bienes pequeños mediante declaración jurada (affidavit). Si la persona falleció el 21 de marzo de 2025 o después, y sus bienes en D.C. valen $80,000 o menos, se puede abrir un caso corto ante el tribunal, llamado patrimonio pequeño (small estate, SEB), en la División de Sucesiones del Tribunal Superior de D.C. (D.C. Superior Court Probate Division), para nombrar a un representante personal, pagar las cuentas y distribuir lo que quede.
¿Cuál es el límite de patrimonio pequeño en el Distrito de Columbia?
Hasta $40,000 (fallecimientos a partir del 21 de marzo de 2025), 60 días después del fallecimiento, sin presentación ante un tribunal.
¿Cuánto tengo que esperar en el Distrito de Columbia?
Deben haber pasado al menos 60 días desde el fallecimiento, según lo muestre un acta de defunción certificada adjunta a la declaración jurada.
¿Tengo que ir al tribunal en el Distrito de Columbia?
No se presenta ante ningún tribunal. Usted la entrega a quien tiene el bien.
¿Cómo transfiero un auto después de un fallecimiento en el Distrito de Columbia?
Un copropietario sobreviviente obtiene un título nuevo presentando el título a nombre de ambos y un acta de defunción autenticada (sin impuesto de consumo). Para un vehículo que era solo de la persona fallecida, DC DMV necesita una cesión del título por el representante personal y una copia autenticada de las cartas de administración (letters) o de la orden de patrimonio pequeño que enumere el vehículo, además de una solicitud de título del DMV y el acta de defunción original.
¿Qué pasa con una cuenta bancaria después de un fallecimiento en el Distrito de Columbia?
Las cuentas con un copropietario sobreviviente o con un beneficiario pagadero al fallecer pasan a esa persona. Para una cuenta solo a nombre de la persona fallecida, los sucesores pueden usar la declaración jurada de bien pequeño (60 días después del fallecimiento, todo el patrimonio de $40,000 o menos después de los gravámenes, sin bienes inmuebles); un banco que se niega sin causa razonable a una declaración jurada correcta debe pagar los costos y honorarios de abogado de los sucesores.
¿Quién hereda en el Distrito de Columbia si no hay testamento?
Si no hay testamento: el cónyuge sobreviviente o la pareja doméstica recibe todo si la persona no dejó descendientes ni padres. Si no hay descendientes pero sobrevive un padre, el cónyuge recibe tres cuartas partes.
¿Tengo que pagar las deudas de la persona en el Distrito de Columbia?
En un patrimonio pequeño, el tribunal primero ordena el pago de los gastos permitidos del funeral y de cualquier asignación familiar. Si quedan bienes, se publica un aviso una vez y los acreedores tienen 30 días para presentar reclamos; luego el tribunal ordena el pago de los reclamos correctos y la distribución del patrimonio neto.
- D.C. Code sec. 20-351 (D.C. Law Library, Council of the District of Columbia)
- D.C. Law 25-302, Strengthening Probate Administration Amendment Act of 2024
- D.C. Code sec. 19-302
- D.C. Code sec. 19-604.05 (transfer on death deed)
- D.C. Courts: Small Estates (updated 02/06/2026)
- D.C. Courts: Petition for Administration of Small Estate
- DC DMV: Vehicle acquired through death of owner
- DC DMV: Designating a beneficiary
- DHCF Medicaid Estate Recovery Fact Sheet
- CDC NCHS Where to Write for Vital Records: District of Columbia
- D.C. Law 26-188 (sec. 5(e) repeals 20-361(a)(4); sec. 6 applicability of Law 25-302)